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Del modo en que se ha de aplicar la Misa por una intención particular

Pbro. Miguel Arturo Mendoza López[1]

 

Recientemente, el cardenal Lázaro You Heung-sik,

prefecto del Dicasterio para el Clero, firmó un

Decreto sobre las intenciones de misa

(una versión en español no oficial

fue publicada en este Boletín en mayo).

El siguiente artículo reflexiona sobre

las implicaciones de este texto.

 

Introducción

 

El pasado 13 de abril de 2025, el Dicasterio para el Clero publicó el Decreto “Secundum probatum[2] que actualiza la disciplina acerca de las ofrendas que los fieles dan con ocasión de las intenciones para la Misa. Y es que, nuestros feligreses acuden con frecuencia a las oficinas parroquiales o a las sacristías para solicitar que el sacerdote celebre la Misa por alguna intención específica y dan su ofrenda según la tabulación arancelaria de las provincias eclesiásticas o, careciendo de ella, según la normativa diocesana (cf. CIC, c. 952). Hasta ahora, el documento de referencia, al respecto, era el Decreto “Mos iugiter” (22-febrero-1991)[3], sin embargo, ante algunos abusos que se han dado y las solicitudes que ha recibido, el Dicasterio señala que se ha visto en la necesidad de emanar nuevas normas, entre las que encontramos lo siguiente:

 

Art. 4 §2 En modo particular, ya sean los Ordinarios o los otros Pastores de la Iglesia deben asegurarse que a todos quede eminentemente clara la distinción entre la aplicación de la Misa por una intención determinada (aun siendo “colectiva”) y el simple recuerdo en el curso de una celebración de la Palabra o en algunos momentos de la celebración eucarística.

 

De momento, no trataremos la licitud del hecho que, en algunas iglesias, la totalidad de las misas se han convertido en “plurintencionales” o colectivas (cf. CIC, c. 948; Secundum probatum, art. 2)[4] llegándose a oír la mención de intenciones particulares, incluso, durante las misas pro populo que el obispo diocesano y los párrocos tienen obligación de celebrar (cf. CIC, cc. 388 y 534). Sino que, más bien, lo que nos proponemos tratar es aquella distinción que se hace entre la aplicación de la Misa por una intención determinada (aunque sea colectiva) y el simple recuerdo en el curso de la celebración; para después profundizar en el modo correcto de hacer aquella aplicación de la Misa por la intención solicitada.

Comencemos considerando que la llamada intención de la Misa es una intención particular de oración por la cual una persona pide al sacerdote se aplique el sacrificio de Jesucristo, uniendo a este sacrificio, en modo particular, una ofrenda, es decir, un sacrificio personal (cf. CIC, c. 945). La ofrenda, entonces, representa un sacrificio para la persona (en efecto, despojarse de cierta cantidad de dinero puede ser un verdadero sacrificio para alguien de recursos limitados) que une a la ofrenda de sí mismo al Señor.

Etimológicamente, la voz “aplicar” proviene del latín “applicare” (ad-plicare) que, entre otras cosas, significa “unir a”. Mientras que, el vocablo “intención” proviene del latín “intentio” derivación del verbo “intendo” (in-tendere) y significa “dirigirse en cierta dirección”. De modo que, ya en el campo semántico del culto cristiano “aplicar la Misa por una intención” se entiende como unir algún fin particular a aquellos fines por los que ordinariamente se celebra la Eucaristía.

La Misa es celebración memorial de la Pascua de Cristo, es decir, su actualización. Por tanto, en cuanto obra del Sumo y Eterno Sacerdote (cf. Hb 7, 26-27) que actúa la salvación de todos los hombres tiene un valor infinito. Sin embargo, en la Iglesia, por antigua tradición[5], se usa celebrar la Misa aplicándola por determinadas intenciones particulares ya que cuando se celebra la Misa, de ella se derivan tres beneficios: uno general (por la Iglesia entera), otro personal (por cada fiel que participa de la celebración, según su propia disposición), y otro más, el particular o ministerial (por la intención del sacerdote como ministro)[6]. En este último caso, el sacerdote, atendiendo al deseo del fiel que lo solicita, presenta una intención especial que puede ser por la persona misma que lo solicita, por otras personas, para encomendar un difunto a la misericordia del Señor o para dar gracias a Dios.

Aquí cabe señalar que la intención por la que el sacerdote acepta una ofrenda no constituye la propia intención personal sino la intención como sacerdote, esto es, como ministro del sacrificio. Así podemos tener una idea de cómo el sacerdote, no desde su nivel personal sino en función de su rol institucional al interno de la asamblea cultual habrá de celebrar la Misa dirigiendo sus frutos salvíficos también a esa intención que le ha sido encomendada. Pero, ¿cómo se consigue esto? Para responder a esta pregunta necesitamos considerar la pragmalingüística de la oración cultual.

 

La pragmática del lenguaje en la oración litúrgica[7]

 

Hugo de San Víctor presentando, en su “De modo orandi” (cf. PL 176, 979-981), las tres especies en que se divide la oración (la “supplicatio”, la “postulatio” y la “insinuatio”) menciona un compromiso de la persona en su acto de hablar, según la intensidad de la propia devoción. Y Tomás de Aquino, en la Summa Theologiae (cf. II-II, q. 83, a. 17), analizando la plegaria eucarística y algunas oraciones del Misal ve la oración como un acto de la razón práctica, movida por la voluntad, que apunta a unirnos con Dios por la caridad; de este modo las palabras están ligadas a la actitud interior del que las pronuncia en dirección al destinatario durante el proceso interlocutorio.

Cuando se emite una frase, los pragmáticos del lenguaje distinguen entre un enunciador y un locutor. El primero expresa una idea independientemente de toda subjetividad de modo que el enunciado se ve privado de encarnación espacio temporal. El segundo, en cambio, es un sujeto que se expresa, un ser empírico, sincero y verídico. “El hombre es mortal” sería la frase simplemente dicha por un enunciador, mientras que “yo soy mortal” es la frase de un locutor. En este caso, la palabra pronunciada mete en relación consigo misma al sujeto que la pronuncia. Se trata de un símbolo en el que la frase expresa al sujeto que habla.

El lenguaje verbal de la liturgia cristiana no solo es enunciación sino también locución. Por eso, tanto el que preside como los fieles que participan de una celebración deben ser conscientes de que no solo están enunciando algo, sino que han entrado en un proceso de interlocución, con Dios y con los otros miembros de la Iglesia. Solo así, el sujeto que habla hará coincidir las palabras con su persona y el texto escrito se transformará en locución viva.

Por tanto, las oraciones litúrgicas no son meros enunciados, sino que las palabras significan al momento de su mención. Es en este sentido que Cipriano de Cartago en su obra “De dominica oratione” (cf. CCSL IIIA) señala que cuando un cristiano ora con el “Padre nuestro” aquellas palabras que pronuncia comportan una realidad: los hijos de Dios le están hablando a su Padre común. Así es como el lenguaje, dentro del culto ritual, alcanza su plena significación teológica.

Por eso, Agustín de Hipona, en una de sus cartas (cf. Epistola 149, PL 33, 635-637), hablando de la práctica litúrgica propone frecuentar las asambleas cultuales para poder entrar así en aquella realidad significada por las palabras durante la celebración de los misterios.

Considerado esto entenderemos que no es lo mismo enunciar, por ejemplo, al inicio de la Eucaristía: “las intenciones por las que se ofrecerá esta Misa son…”; que ya dentro de la Plegaria Eucarística dirigirse al Padre diciendo: “recuerda a tus hijos N. y N., a quienes llamaste de este mundo a tu presencia; concédeles que, así como han compartido ya la muerte de Jesucristo, compartan con él la gloria de la resurrección” (“Memento” de la Plegaria Eucarística II).

 

La Recitación de los nombres en la Misa

 

Sobre la mención de la persona o de la intención por la que se ofrece a Dios el sacrificio eucarístico hay testimonios antiguos en los escritos de algunos Padres de la Iglesia[8], en las oraciones “ante nomina” y “post nomina” del rito galicano[9], en el “Hanc igitur” de los sacramentarios veronense y gelasiano vetus o en el “Memento” del sacramentario gregoriano[10], todos ellos textos del antiguo rito romano, donde incluso se llega a prever la inserción de nombres con la sigla “ill. et ill.”, precedente de aquella “N.” que, por último, aparecerá en el Canon Romano –y, eventualmente, en las demás plegarias eucarísticas– tanto para el “Memento” de los vivos como para el de los difuntos[11], lo cual supone la posibilidad de que ahora se mencione el nombre de cualquier persona. Por último, debemos mencionar los dípticos (del latín diptycha), es decir, aquellas listas con nombres de los confederados o asociados a una orden, congregación o iglesia particular que se colocaban sobre el altar para que, leyéndose o no, se hiciera el recuerdo de esas personas durante el sacrificio eucarístico[12].

Teológicamente, la mención del nombre en la plegaria eucarística tiene un valor particular por su estrecha relación con la oblación sacramental de la víctima durante el sacrificio de la Misa. Así lo presentan frecuentemente las catequesis mistagógicas donde «el recuerdo o mención de los difuntos les ayuda mucho ya que es en ese momento que la víctima divina está presente sobre el altar»[13].

Es donde aparece más clara la aplicación del sacrificio eucarístico y,  por eso, la vigente edición del Misal Romano ofrece la posibilidad de aplicar la celebración de la Misa mediante la mención de los nombres dentro de la plegaria eucarística. Además del papa y del obispo es posible mencionar a los vivos y a los difuntos en los dos “Memento” (“Acuérdate, Señor…”) del Canon Romano, a los difuntos se les puede mencionar en su “Memento” (“Recuerda a tu hijo…”) durante las plegarias eucarísticas II, III y aquella destinada a usarse en las misas para diversas circunstancias (D1, D2, D3, D4), mientras que a los vivos se les puede mencionar también en las intercesiones propias de algunas misas rituales durante las plegarias eucarísticas I, II, III, IV y aquellas para las misas con niños (N1 y N2)[14].

Otra posibilidad es la mención de los nombres en los formularios eucológicos del Misal Romano. Con esto nos referimos a algunas “misas rituales”[15],  pero sobre todo a las “misas de difuntos”[16] que contemplan la mención de aquellas personas por las que se está aplicando la celebración de la Misa. Y, en el caso de intenciones particulares que se refieren más bien a diversas circunstancias o por motivos de devoción, por ejemplo, si la intención solicitada es con ocasión de un aniversario de matrimonio o de profesión religiosa, por la paz del mundo, en acción de gracias por algún beneficio recibido, en honor a algún misterio de la vida del Señor o en honor a algún santo por motivos de devoción, etc., pues habría que recurrir ya sea a las “misas por varias necesidades y para diversas circunstancias” o a las “misas votivas”, donde las oraciones litúrgicas hacen mención explícita de la intención solicitada.

Una tercera posibilidad está en la Oración de los fieles donde el sujeto celebrante, Cristo cabeza (por el carácter sacerdotal del ministro ordenado) y miembros (por el carácter sacerdotal de los bautizados que se han congregado) presenta intenciones especiales por las que se desea ofrecer la Misa. Si bien para algunos se debería profundizar todavía más en la diferencia que hay entre una mera propuesta de oración para la comunidad y la intención por la que el presidente de la asamblea aplica el sacrificio eucarístico, nada obsta para que a través de una formulación que cumpla con la forma propia de la locución a Dios, el que preside pueda unir en ese momento la oración de toda la asamblea y, con una intención particular, orientarla hacia aquella intención por la que se aplica la Misa. Esto, sin embargo, habrá de ser respetando lo ya dispuesto acerca del orden y fin de las intenciones para ese momento de la celebración (cf. IGMR 70).

Por último, aunque ciertamente se considera que para ofrecer la Misa por un difunto u otra intención no sea estrictamente necesario que se pronuncie el nombre de la persona, sino que basta con que se haga un sacrificio (la ofrenda) en recuerdo del difunto[17], sería bueno recurrir, al menos, a la “fórmula de intención” que, aunque desconocida por muchos, aparece entre las oraciones de preparación para la Misa[18].

 

Conclusión

 

Sin duda el valor teológico que la tradición da a la mención de los nombres o demás intenciones durante los misterios del culto cristiano, junto con la importancia que puede tener para los fieles la certeza de que se ha satisfecho justamente la intención de su ofrenda, debería ser motivo suficiente para procurar aquella aplicación explícita de la Misa por las intenciones solicitadas. Y, mejor aún, dentro de la dinámica dialógica de la oración cultual, pues con lo dicho hasta ahora podemos concluir que la sola enunciación de nombres fuera de la plegaria litúrgica no parece ser la mejor opción. Fuera de la dinámica de locución con Dios, aquella lista de nombres antes de empezar la Misa, después del saludo litúrgico inicial, previo a la oración colecta o antes de la monición “Oren, hermanos…” (que sigue a la presentación de los dones) parece más un mero protocolo burocrático que hubo necesidad de cumplir.

Y no se diga cuando se lee la lista de nombres ya al finalizar la Misa, porque en ocasiones sucede que al sacristán se le olvidó poner la hoja de intenciones o al sacerdote  mismo se le pasó tenerla en cuenta antes. Ahí hasta cabría preguntarse si de verdad el sacerdote tenía la intención presente y aplicó por ella el sacrificio del altar. Seguramente, cuando se trata de un error humano, la misericordia de Dios tomará en cuenta la intención del oferente, pero que no sea ese el pretexto para que el sacerdote, a quien se ha confiado la aplicación de la Misa por una intención particular, sea descuidado; de él se espera un desempeño adecuado en el ejercicio de su ministerio. Sin pretender agotar el argumento, espero que esta reflexión aporte luz a la cuestión.



[1] Presbítero del clero de Guadalajara con una licencia en Sagrada Liturgia por el Pontificio Instituto Litúrgico de Roma. Presta su ministerio en la parroquia de El Sagrado Corazón de Jesús, en la colonia Los Tulipanes, de Zapopan, y como profesor en el Seminario de Guadalajara.

[2] Cf. Decreto del Dicastero per il Clero sulla disciplina delle intenzioni delle Sante Messe, en sitio web https://www.vatican.va/content/romancuria/it/dicasteri/dicastero-clero/documenti/20250413-decreto-intenzioni-messe.html

[3] Cf. AAS 83 (1991), 443-446.

[4] Al respecto, se puede consultar el capítulo XII sobre «las intenciones de la Misa y estipendios» en T. RINCÓN, La liturgia y los sacramentos en el derecho de la Iglesia, EUNSA, Pamplona 2007, 213-229.

[5] Cf. P. TENA, «En las manos de Dios. La oración de la Iglesia por los difuntos», Cuadernos Phase 197 (2010) 5-20; V. RAFFA, Liturgia eucaristica. Mistagogia della Messa (BEL 100), CLV, Roma 2011, 1194-1197.

[6] Cf. V. RAFFA, Liturgia eucaristica. Mistagogia della Messa, 1187-1189.

[7] Cf. I. RENAUD-CHAMSKA, “Les actes de langage dans la prière”, La Maison-Dieu 196 (1993/4), 87-110.

[8] Cf. CIPRIANO DE CARTAGO, Epístola I, 2; AGUSTÍN DE HIPONA, Sermón 159, 1; CIRILO (O JUAN) DE JERUSALÉN, Catequesis Mistagógicas V,  9; JERÓNIMO DE ESTRIDÓN, Comentario a Ezequiel, V, 18.

[9] Cf. Missale Gothicum, ed. L. MOHLBERG, nn. 15, 27, 39; Missale Francorum, ed. L. MOHLBERG, n. 150.

[10] Cf. Sacramentarium Veronense (Cod. Bibl. Capit. Veron. LXXXV [80]), ed. L. MOHLBERG, HERDER, Roma 1994; Sacramentarium Gelasianum (Cod. Vat. Reg. Lat. 316/Paris Bibl. Nat. 7193, 41/56), ed. L. MOHLBERG, HERDER, Roma 1981; Le Sacramentaire Grégorien, ed. J. DESHUSSES, Éditions Universitaires Fribourg Suisse, 1979.

[11] Cf. Missale Romanum ex decreto SS. Concilii Tridentini restitutum Summorum Pontificum cura recognitum (Editio typica), Typis poplyglottis Vaticanis 1962; Missale Romanum ex decreto Sacrosancti Oecumenici Concilii Vaticani II instauratum auctoritate Pauli PP. VI promulgatum Ioannis Paulus PP. II cura recognitum (Editio typica altera), Typis Vaticanis 2008.

[12] Cf. V. RAFFA, Liturgia eucaristica. Mistagogia della Messa, 1194-1196.

[13] Ibíd., 1197.

[14] Cabe mencionar que la Editio typica tertia del Missale Romanum (2002/2008) solo prevé pronunciar nombres en las misas del matrimonio, de la ordenación episcopal y de la bendición del abad o la abadesa. Sin embargo, el Misal Romano en lengua española aprobado para uso en México contempla también la mención de nombres en las misas del Bautismo, la Confirmación y la Primera Comunión.

[15] Para el viático, para la ordenación de un obispo, para la celebración del matrimonio, para la bendición de un abad o una abadesa y para la profesión perpetua de los religiosos.

[16] En las exequias, en el aniversario, en diversas conmemoraciones y otras misas por los difuntos.

[17] Lo cual se ajusta convenientemente al caso de los concelebrantes (CIC, c.945 §1), donde, por ejemplo, durante el Canon Romano se prevé que al hacer la conmemoración de los vivos y de los difuntos cada uno podría orar en silencio por quienes tiene la intención antes de continuar con la Plegaria eucarística.

[18] Cf. Apéndice IX del Misal Romano aprobado para su uso en México.



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