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Libro de Visita de Fray Antonio Alcalde, 1776

32ª parte

 

Se da cuenta del auge que ya en este tiempo tenía una parroquia situada en un punto geográfico de privilegio para la agricultura, la ganadería y los recursos forestales.[1]

 

 

Visita a Cuquío[2]

 

[En el pue]blo de Teocaltiche, en catorce de mayo de mil setecientos setenta y seis años; ante Su Señoría Ilustrísima y Reverendísima el señor Maestro don fray Antonio Alcalde, del Sagrado Orden de Predicadores, Obispo de Guadalajara, Nuevo Reino de la Galicia y de León, del Consejo de Su Majestad, etcétera, mi Señor; estando en su actual y general visita, compareció el bachiller don Antonio Anastasio Cervantes, Cura interino y Vicario Juez Eclesiástico del pueblo de Cuquío, a efecto de ser visitado conforme a lo mandado por Su Señoría Ilustrísima, a cuyo fin presentó sus títulos de tal Cura interino y Vicario Juez Eclesiástico del expresado pueblo y su feligresía, despachados en conveniente forma por Su Señoría Ilustrísima, quien los dio por visitados y pasados en esta visita general.

Presentó igualmente los libros parroquiales de su administración, en que se asientan las partidas de bautismos, casamientos y entierros, que se hacen así en dicha Iglesia parroquial como en la del pueblo de Yahualica, su ayuda de parroquia, los cuales reconocidos por menor desde la última visita hasta la presente, como también el libro de informaciones matrimoniales de los Indios de pueblo que se casan en aquel //[3] Curato, proveyó Su Señoría Ilustrísima en cada uno los autos que tuvo por convenientes.

 

Libro de Gobierno [al margen]

 

Presentó el libro de Gobierno en que se copian los edictos, cartas pastorales y otros despachos de los Ilustrísimos Señores Obispos; una copia de las Constituciones Sinodales de este Obispado y otra de los Aranceles común del Obispado, de indios de pueblo que no dan tasación y el de roturas de tierras, con sus declaraciones hechas por el Ilustrísimo Señor Parada, de buena memoria, lo cual dio Su Señoría Ilustrísima por visitado, y mandó que de los citados Aranceles ponga una copia autorizada en conveniente forma en la iglesia parroquial, donde se vea por todos los feligreses lo que deben pagarle por sus obvenciones.

 

Padrón de 6 698 personas [al margen]

 

Presentó los padrones de toda la feligresía, que componen el número de un mil setecientas ochenta y ocho familias, en que se incluyen 6698 individuos de todas calidades, y una lista puntual de todos los pueblos, hacien-- //[4] --das y ranchos de que se compone aquella jurisdicción, con expresión de las distancias y vientos en que se hayan respecto de la cabecera; y mandó Su Señoría Ilustrísima que quedándose el citado Cura y sus sucesores con una copia de los padrones que formare en cada un año, remita los originales a la Secretaría de Cámara y Gobierno de Su Señoría Ilustrísima, como se propone en la décima de las Constituciones Sinodales, con su certificación a su pie de si cumplieron los que debieron con el precepto anual de Nuestra Santa Madre Iglesia de confesión y comunión.

Juntamente presentó el inventario de las alhajas, ornamentos, ropa blanca y demás paramentos de la iglesia y sacristía de aquel Curato y las de su feligresía, en que consta tener los necesarios para celebrar con decencia los Divinos Oficios, y sólo necesitar de un ornamento negro, una capa blanca, una morada //[5] y una encarnada, lo cual mandó Su Señoría Ilustrísima se haga, concediendo su licencia para que del dinero sobrante que tiene la fábrica en su arca se costeen las albas y ornamentos relacionados.

 

[Libros y cuentas de la fábrica espiritual]

 

Visitó Su Señoría Ilustrísima los libros y cuentas de la fábrica espiritual de la iglesia parroquial de dicho pueblo de Cuquío, que ha corrido a cargo de don Juan Manuel Coronado, y reconocidas sus cuentas, por la última resulta alcanzado en 118 pesos, ½ real, a favor de la fábrica, y aprobando Su Señoría Ilustrísima el citado alcance, lo aplicó para los referidos ornamentos y capas, dándole las gracias al citado Mayordomo por su exactitud y esmero, y respecto a haber representado no poder seguir en esta administración, y haber asimismo informado al Cura interino de la buena conducta de don Francisco Esteves, mandó Su Señoría Ilustrísima se le //[6] despache título en forma de Mayordomo administrador de la expresada fábrica, para que corra con ella el tiempo de la voluntad de Su Señoría Ilustrísima; y mandó que la casa con que se le hizo pago a la fábrica de doscientos y cuarenta pesos que se le debían, se solicite su arrendamiento con el seguro correspondiente, y hallándose persona que la pueda arrendar, se dé cuenta con expresión de en lo que se compusiere el arrendamiento, para providenciar lo que convenga.

Y en cuanto a los 180 pesos que los albaceas del bachiller don Manuel Justo de Tobar cobran a la fábrica de un ornamento entero y una casulla de raso floreado, que hizo antes de morir, se ha de dar por vía de limosna a dicha fábrica, en cuya conformidad no la cobren los citados albaceas; por lo cual y por una rica casulla que dio a la misma iglesia, un cáliz nuevo, un amito y corporales de cambray con ricos en-- //[7] --cajes, apreciado todo en ciento y veinte pesos y por lo que costó en vida la iglesia nueva que estaba construyendo y lo mucho que en la iglesia vieja dio, se hace acreedor a que no se le cobren por el Mayordomo de fábrica los derechos de su funeral; mandó Su Señoría Ilustrísima que de hecho no se le exijan, y que a los indios de pueblo de Yahualica se les entregue luego la custodia vieja que antes tenía la iglesia parroquial, por haber recibido el difunto Cura de los indios y vecinos de dicho pueblo, más de cien pesos para la citada custodia; y concedió su licencia para que con los 188 pesos que sobran a la fábrica espiritual de la iglesia ayuda de parroquia de Yahualica, según las últimas cuentas que se reconocieron y dio don Manuel Vicencio Quirarte, //[8] su Mayordomo, se haga con intervención del Cura interino una capa negra y los ornamentos de que carece aquella iglesia hasta donde alcanzare, y por último encargó al expresado Mayordomo que solicite el aumento del Culto Divino con la exactitud que hasta aquí.

·      Visitó los libros y cuentas de la archicofradía del Santísimo Sacramento, fundada en la Iglesia parroquial de dicho pueblo, cuyo último Mayordomo salió alcanzado en 41 pesos, 1 real, a favor de la cofradía, la cual tiene de fondos 2 025 pesos, 402 reses de fierro arriba, 173 cabezas caballares, 34 caballos mansos, 15 potros, 15 mulas con una cerrera.

·      Los de la cofradía de Ánimas, cuyo Mayordomo don Juan González de Hermosillo en sus últimas cuentas sale alcanzado en 904 pesos, ½ real, a favor de esta cofradía, la cual tiene de fondos 1 071 reses, 460 bestias caballares y 7 mulas.

·      Los de la cofradía de Nuestra Señora de la Concepción, fundada en aquella iglesia parroquial, cuyos fondos son //[9] 914 reses de fierro arriba, 158 bestias caballares y 62 mulares.

·      El libro y cuentas de la cofradía de Nuestra Señora de la Soledad del pueblo de Teponahuasco de aquella jurisdicción, la cual tiene de fondos 361 reses de fierro arriba, 60 bestias caballares con el herradero.

·      Y el de la cofradía de Nuestra Señora de la Purificación del pueblo de Yahualica, cuyos fondos son 296 reses con el herradero y 78 caballares.

Y reconocidos los ajustes y liquidaciones que de sus respectivas cuentas se han hecho por el Vicario Juez Eclesiástico de aquella feligresía, los aprobó Su Señoría Ilustrísima, declarando por legítimos los alcances que de ellos resultan, y con respecto a que el de la cofradía de Ánimas importa 904 pesos, ½ real, de conformidad con lo pedido por sus cofrades mandó Su Señoría Ilustrísima se rediman los cuatrocientos pesos que por //[10] la misma cofradía se han reconocido a favor de la fábrica, los cuales se depositen en su arca.

Y en vista de la propuesta que hizo don Pedro Narciso Sánchez, quien reconoce 200 y debe 67 de réditos, de vender a esta cofradía una parte de tierra, y de la anuencia y consentimientos que prestaron los cofrades de ella, por serle útil, respecto de que para el agostadero del ganado arrienda tierras la cofradía, concedió Su Señoría Ilustrísima licencia para que con intervención del Vicario Juez Eclesiástico se proceda a la citada venta.

Y por lo tocante a las otras cofradías, mandó Su Señoría Ilustrísima que se proceda al cobro de lo que se debe, y que el citado Vicario cuide de que la elección de Priostes y demás oficiales se verifique en personas de quienes por su buena conducta se pueda esperar que no disipen los bienes puestos a su cuidado, sino que procuren //[11] su conservación y aumento.

Y por cuanto de las listas presentadas aparece que en varios de los pueblos de aquella jurisdicción hay algunas hermandades con suficientes número de reses para que se puedan erigir en cofradías, mandó Su Señoría Ilustrísima que el expresado Cura y Vicario haga con intervención de todos los hermanos de cada una de las citadas hermandades se formen las constituciones o reglas con que se han de regir y gobernar, para que remitiéndose a la Secretaria de Cámara y Gobierno de Su Señoría Ilustrísima se erijan en cofradías y sus bienes en espirituales, sujetos a la jurisdicción eclesiástica.

Visitó Su Señoría Ilustrísima las licencias de decir misa y asimismo de predicar, confesar y administrar //[12] sacramentos de los bachilleres don Ignacio Morillo y Castro, don José Joachín González de Islas, don José Joachín de Alderete y don Ausencio Eugenio de Porras, clérigos presbíteros domiciliares de este Obispado y vecinos de aquella jurisdicción, y por haberse hallado corrientes y refrendadas en conveniente forma, las dio Su Señoría Ilustrísima por visitadas y pasadas en esta visita general, como también las de decir misa en las capillas de las haciendas nombradas Señor San José de Palmarejo, Tateposco e Ixcuintla, sitas en aquella jurisdicción, y el título de Notario Público de ella, que presentó don José Valerio de Alderete, mandando que se use de ellas según su expresión y forma.

Y por estar cumplidas las licencias de predicar, decir misa y confesar del bachiller don José Joachín de la Mora, se las prorrogó Su Señoría Ilustrísima para que use de ellas hasta la domínica infraoctava de Corpus, mandando que cumplido, comparezca a ser examinado para se le refrenden en debida forma. //[13]

Y habiéndose reconocido las informaciones matrimoniales de españoles, mestizos, mulatos, lobos e indios laboríos, con los requisitorios que se presentaron, mandó Su Señoría Ilustrísima que en adelante se tenga especial cuidado de que los testigos determinen el tiempo que tienen de conocimiento de los pretendientes, en qué lugares y en qué estado; y en las de los viudos se individue el tiempo de su viudez y dónde se sepultaron sus consortes, de modo que no declarando constarles de vista a lo menos dos de los testigos, no se proceda a la celebración del matrimonio hasta que se presente la partida de entierro del marido o la mujer de quien son viudos; últimamente mandó Su Señoría Ilustrísima que se observe lo prevenido en los autos de visita en cuanto a la enseñanza de la doctrina cristiana y oraciones a los indezuelos e indezuelas todos los días por medio del Fiscal.

Y también en cuanto a que se //[14] administre el Santísimo Viático en el rural a los enfermos de fuera de la cabecera, sin que sea necesario que lo pidan cuando llamaren, e igualmente sobre que no se permita a ningún eclesiástico decir misa en enramada; y que así el actual Vicario como sus sucesores cuiden de cobrar y recaudar la limosna correspondiente a las misas de cuarta funeral de testamentos o memorias, las cuales por derecho tocan a la Mitra y la importancia de lo que colectare lo remita oportunamente a manos de Su Señoría Ilustrísima. Y para que lo contenido en este auto tenga su debido cumplimiento, mandó Su Señoría Ilustrísima se le notifique al Cura y se ponga testimonio de él en el libro de Gobierno.

Y así lo proveyó, mandó y firmó.

 

Fray Antonio, Obispo de Guadalajara [rúbrica]

 

En //[15] el pueblo de Teocaltiche, a diez y siete de mayo de mil setecientos setenta y seis años. Notifiqué el auto que antecede al bachiller don Antonio Anastasio Cervantes, Cura interino y Vicario Juez Eclesiástico del pueblo de Cuquío, quien entendido de su contenido, dijo: lo oye, obedece y que cumplirá con lo que se le manda, y lo firmó, de que doy fe.

Blas de Silva [rúbrica]

Notario mayor



[1] Archivo Histórico de la Arquidiócesis de Guadalajara, Sección Gobierno, Serie Visitas Pastorales, ff. 335r – 341r, aquí separadas con //; caja 6. La versión paleográfica es del licenciado en Historia Antonio Gutiérrez Cruz.

[2] Cuquío es un vocablo de toponimia purépecha (cuixui), que lo mismo puede significar “lugar de milanos” que “lugar de sapos”, ocupado por una rama de esa cultura, los coquias, luego de la Guerra del Salitre (1480-1510). Es el nombre hoy en día de un municipio de Jalisco y el de su su cabecera. En 1530, cuando se fundó Tlacotlán, a su jurisdicción perteneció Cuquío, a donde pasará la sede del corregimiento en 1690. En 1823 se creó su Ayuntamiento y al año siguiente la cabecera alcanzó el rango de villa y el de cabecera de partido (1837).

[3] F. 335r.

[4] F. 335v.

[5] F. 336r.

[6] F. 336v.

[7] F. 337r.

[8] F. 337v.

[9] F. 338r.

[10] F. 338v.

[11] F. 339r.

[12] F. 339v.

[13] F. 340r.

[14] F. 340v.

[15] F. 341r.





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