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Libro de Visita de fray Antonio Alcalde, 1776

15ª parte

 

Encontrándose en la ciudad de Zacatecas el Obispo de Guadalajara,

los párrocos de las inmediaciones se apersonaron ante él

para darle cuenta de su administración, como se detalla acto continuo.

Consta aquí la fuerte impronta amerindia de la capital minera

incluso en el último tercio del siglo xviii.[1]

 

 

Visita al pueblo de San José de la Isla (Montegrande)[2] [Al margen]

 

En la ciu--//--dad de Zacatecas en veinte y nueve días del mes de marzo de mil setecientos setenta y seis años: Su Señoría Ilustrísima y Reverendísima el Maestro don fray Antonio Alcalde, del Sagrado orden de Predicadores, Obispo de Guadalajara, Nuevo Reino de la Galicia y de León, del Consejo de Su Majestad, etcétera, mi Señor, compadeció el bachiller don Manuel González Alcocer, Cura propio y Vicario Juez Eclesiástico del pueblo de Señor San José de la Isla, alias Montegrande, a efecto de ser visitado, para cuyo efecto presentó la Real Provisión de presentación a dicho beneficio curado, su título de tal Cura Beneficiado, por lo tocante a la jurisdicción eclesiástica, y el de Vicario Juez Eclesiástico, ambos despachados en conveniente forma por Su Señoría Ilustrísima, por lo cual se dieron por visitados y pasados en esta visita general.

 

Libros parroquiales [Al margen]

 

Presentó igualmente los libros de su administración en que se contienen las partidas de los que se bautizan, casan y entierran en la iglesia parroquial de aquel Curato, y reconocidas por menor, proveyó Su Señoría Ilustrísima en cada uno de los citados libros lo que tuvo por conveniente. //

Asimismo presentó el libro de Gobierno donde se copian los edictos, cartas pastorales, y demás despachos superiores; y allí mismo las Constituciones Sinodales de este Obispado , y una copia del Arancel Real de Minas que es el que se observa en aquel Curato, conforme a la costumbre, lo cual se dio por visitado y pasado en visita general .

 

Padrón de 1089 [Al margen]

 

Presentó el padrón de sus feligreses de confesión y comunión, y una lista puntual de todas las haciendas, ranchos y puestos de que se compone la feligresía, con expresión de las distancias y vientos en que se hallan, y número de personas que las habitan, que por todas componen el número de mil ochenta y nueve personas, en doscientas diez y siete familias; y mandó Su Señoría Ilustrísima que el padrón que formare en cada un año, sacando una copia, lo remita original a la Secretaria de Cámara y Gobierno de Su Señoría Ilustrísima // con certificación de si cumplieron los que debieron con el precepto de Nuestra Santa Madre Iglesia, como se previene en una de las Constituciones Sinodales.

 

Fábrica [Al margen]

 

Presentó el libro y cuentas de la fábrica espiritual de la iglesia parroquial de aquel Curato, que ha corrido a su cargo desde su ingreso en él, y reconocidas sus cuentas, desde la última visita hasta la presente, por la última que ha llevado el actual Cura sale alcanzado en cincuenta y un pesos, cinco reales a favor de la fábrica, cuyo alcance declaró Su Señoría Ilustrísima por legítimo, dando las gracias al citado Cura, y mandando se deposite en el arca de tres llaves, como se previene en el despacho general de cordillera librado por Su Señoría Ilustrísima.

Visitó los libros y cuentas de la cofradía de Nuestra Señora de la Concepción fundada con el título de los Milagros en la misma iglesia parroquial, y reconocidos los ajustes y liquidaciones hechos por el Vicario Juez Eclesiástico // y el último de los que dio Juan Reyes su mayordomo, el cual resultó alcanzado en 90 pesos, 3 ½ reales, los aprobó Su Señoría Ilustrísima y declaró por legítimo el citado alcance, mandando que se conserve depositado en el arca de tres llaves en que se hallan, y dando las gracias al citado mayordomo por su esmero y buen porte, a quien encargó continuase con igual celo y exactitud, procurando el aumento de los fondos des esta cofradía, que lo son 203 reses de fierro arriba, inclusos los bueyes y herradero, 226 cabezas de ganado de lana, 27 de pelo y 134 bestias caballares y mulares.

 

Informaciones matrimoniales [Al margen]

 

Últimamente presentó un libro en que se contienen las informaciones matrimoniales de libertad y soltura de los que se pretenden casar, así españoles como mestizos, mulatos, indios y demás castas, las cuales reconocidas se hallaron en conveniente // forma, con los requisitorios librados para las amonestaciones de los que han sido avecindados en distinta feligresía, por lo cual las dio Su Señoría Ilustrísima por visitadas, como también el inventario de las alhajas, ornamentos, ropa blanca y demás paramentos sagrados; y las licencias de decir misa en las capillas de las haciendas nombradas Nuestra Señora de la Concepción y Boca del Agua, sitas en aquella jurisdicción, mandando se usase de ellas con la misma condición que constan refrendadas anteriormente.

Igualmente mandó Su Señoría Ilustrísima se observe lo prevenido en los autos de visita de Ilustrísimos Señores Obispos en cuanto a la enseñanza de la Doctrina Cristiana y oraciones todos los días, por medio del Fiscal, a los indezuelos e indezuelas. Ítem cuanto a que se administre el Santísimo Sacramento por viático en el rural a los enfermos fuera de la cabecera, sin que sea necesario que lo pidan cuando llamaren. // Y que no permita a ningún eclesiástico secular o regular que diga misa en enramada, y que así el actual Vicario como sus sucesores cuiden de cobrar y recaudar la limosna correspondiente a las misas de cuarta funeral de testamentos, las cuales por derecho tocan a la Mitra, y la importancia de lo que colectare la remita a manos de Su Señoría Ilustrísima; y para el cumplimiento de todo lo anterior en este auto, mandó Su Señoría Ilustrísima se le notifique al Cura, y se ponga testimonio de él en el libro de Gobierno. Y así lo previó, mandó y firmó.

 

Fray Antonio, Obispo de Guadalajara [Rúbrica]

 

Ante mí

Joseph de Frutos [Rúbrica]

Secretario de visita

 

 

En la ciudad de Zacatecas a veinte // y nueve del marzo de mil setecientos setenta y seis años. Notifiqué el auto que antecede al bachiller don Manuel González Alcocer, Cura Vicario Juez Eclesiástico del pueblo de San José de la Isla, quien entendido de su efecto, dijo lo oye, obedece y cumplirá con lo que se le manda, y para que conste lo pongo por diligencia de que doy fe.

 

Blas de Silva [Rúbrica]

Notario mayor

 

Visita al pueblo de Real y Minas de Pánuco[3] y Vetagrande[4] [Al margen]

 

En la ciudad de Nuestra Señora de Zacatecas, a treinta días del mes de marzo de mil setecientos setenta y seis años, ante Su Señoría Ilustrísima y Reverendísima el Maestro don fray Antonio Alcalde, del Sagrado Orden de Predicadores, Obispo de Guadalajara, Nuevo Reino de la Galicia y de León, del Consejo de Su Majestad, etcétera, mi Señor, estando en su actual y general visita, compadeció el bachiller don Manuel Alejo Gutiérrez de Hermosillo, Cura propio y Vicario Juez Eclesiástico del Real y Minas de Pánuco // y Vetagrande, a efecto de ser visitado, conforme a lo mandado por Su Señoría Ilustrísima en su carta pastoral y edictos, que despachó por cordillera, para lo cual presentó sus títulos de Cura Beneficiado y Vicario Juez Eclesiástico de dicho Real y Minas de Pánuco y Vetagrande, ambos despachados en conveniente forma por Su Señoría Ilustrísima en virtud de la Real Provisión de su presentación a dicho beneficio, que también exhibió, los cuales se dieron por visitados y pasados en visita general.

 

Libros parroquiales [Al margen]

 

Presentó igualmente los libros parroquiales de su administración, de bautismos, casamientos y entierros; y reconocidas sus partidas por menor desde la última visita hasta la presente, proveyó Su Señoría Ilustrísima en cada uno de los libros los autos que tuvo por convenientes.

Presentó el Libro de Gobierno, en que se copian los edictos, // cartas pastorales y demás despachos superiores. Y una copia de los Aranceles de Real de Minas, los cuales se dieron por visitados y pasados en visita general; y por no haber presentado copia de las Constituciones Sinodales de este Obispado, mandó Su Señoría Ilustrísima que inmediatamente saque testimonio de ellas, como tan necesarias para la buena dirección de su oficio.

Juntamente presentó el inventario de alhajas, ornamentos, ropa blanca y demás paramentos y utensilios para el culto de la iglesia y celebrar los Divinos Oficios, y reconocidos así los correspondientes a la fábrica como los de la cofradía del Santísimo Sacramento y Santo Entierro, se halló que son los suficientes para dicho fin, y se dio por visitado.

 

Padrón de 1277 [Al margen]

 

Presentó igualmente el padrón de sus feligreses de confesión y comunión, que componen el número de mil doscientos setenta y siete personas; y mandó Su Señoría Ilustrísima que quedándose // con una copia del padrón que formase en cada un año, remita el original a la Secretaria de Cámara y Gobierno de Su Señoría Ilustrísima, con certificación al pie de si cumplieron o no los que debieron con el precepto de Nuestra Santa Madre Iglesia de confesión y comunión.

 

Fábrica [Al margen]

 

Igualmente presentó los libros y cuentas de la fábrica espiritual de la iglesia parroquial de aquel Curato y reconocidas sus cuentas desde su última visita hasta la presente, y la última del actual Cura en que resultan de alcance noventa y ocho pesos a favor de la citada fábrica, las aprobó Su Señoría Ilustrísima, declarando por legítimo el citado alcance, y mandando lo que tuvo por conveniente.

Presentó los libros y cuentas de la Archicofradía del Santísimo Sacramento de dicha iglesia parroquial, con el inventario de sus bienes y alhajas, que hoy tiene existentes, y reconocidas consta que último mayordomo alcanzó a la dicha archicofra--//--día en más de sesenta pesos de que hizo remisión, en cuyo libro se proveyó por Su Señoría Ilustrísima el auto que tuvo por conveniente; como también en el de la Hermandad del Santo Entierro de Cristo Señor Nuestro, fundada en la misma parroquia, mandando formen constituciones y se solicite su erección en bienes espirituales. Y habiendo visto Su Señoría Ilustrísima y reconocido las cuentas que ha dado el capitán don Juan Manuel Gutiérrez como Mayordomo que ha sido de la Archicofradía del Señor Sacramentado sita en la iglesia del Real de la Veta, ayuda de parroquia del de Pánuco, y el alcance que resulta a favor de la misma archicofradía de 833 pesos, 3 reales, con lo representado por dicho Mayordomo de haberlos gastado en sus necesidades, pidiendo se le condonen por el mérito de haber cedido antecedentemente a la archicofradía 1034 pesos 3 reales, ha bien Su Señoría Ilustrísima, en atención a la insolvencia del susodicho, y siendo cierta ésta, de condo--//--nada la expresada cantidad, en la conformidad que se previene en el auto proveído en dicho libro, en que también se aprobaron las cuentas dadas por Nicolás Montaño Rangel, que sucedió en la mayordomía al expresado Gutiérrez, en las cuales resultó alcanzado a favor de la archicofradía en 157pesos, 5 reales, que existen depositados en su arca de tres llaves.

 

Informaciones matrimoniales [Al margen]

 

Y habiendo igualmente visto y reconocido los pliegos matrimoniales que presentó el citado Cura, se advirtió en ellos que los testigos que han declarado sobre la viudez de los contrayentes no dan razón de su dicho; en cuya atención mandó Su Señoría Ilustrísima que, en lo de adelante, declaren con individualidad en qué modo les consta la viudez, si vieron morir al marido o la mujer, dónde y tiempo ha, de manera que habiendo enviudado fuera de aquel Curato, y no dando a lo menos dos testigos fidedignos // que declaren de vista, no proceda a la celebración del matrimonio hasta que se justifique la viudez con la partida de entierro del marido o la mujer, teniendo especial cuidado de que los vagos, ultramarinos y de ajeno obispado den información bastante, que remitirán a la Vicaría General para su aprobación y demás que convenga.

El bachiller don Manuel Ignacio de la Torre, clérigo presbítero domiciliario de este Obispado y Teniente de Cura de dicho Real, representó haberse cumplido el término de sus licencias, las cuales se hallan en la Secretaría de Cámara y Gobierno de la ciudad de Guadalajara, a donde las remitió para su refrenda, y habiendo sido examinado y aprobado en las materias morales, y suficiencia necesaria para los ministerios de predicar, confesar y administrar sacramentos, mandó Su Señoría Ilustrísima que use de dichas licencias según su expresión y forma por el tiempo de un año, en cuya conformidad se le refrendaron luego que las presentó. Juntamente // exhibió sus títulos de capellán propietario de dos capellanías, la una que fundó don Pedro Salazar y Águila, de cuatro mil pesos que han quedado en dos mil, impuestos los un mil sobre casas que fueron de don Francisco Oxea y Bobeda, y los otros un mil sobre las de doña Mariana de Villareal, viuda de don Tristán de Velasco, ambas en la ciudad de Guadalajara, con cargo de una misa rezada todos los días festivos; y la otra que mandó fundar doña María Díaz Magdaleno, vecina que fue de esta ciudad, de 2 mil pesos de principal impuestos sobre casas en ella pertenecientes a doña María Muñoz [vida], con cargo de treinta misas rezadas, con las cuales obligaciones expuso haber cumplido, mientras se le han pagado los réditos correspondientes; y en su vista los dio Su Señoría Ilustrísima por visitados, y pa--//--sados en visita general, como también las licencias de decir misa en las capillas de las haciendas nombradas Nuestra Señora del Buen Suceso, Nuestra Señora de la Asunción de Brisca, y La Sauceda, sitas en aquella jurisdicción, mandando se use de ellas con la misma condición que se contiene en el edicto despachado por Su Señoría Ilustrísima en el mes de febrero del año pasado de setenta y dos.

 

Título de Notario Público a don Antonio Mena [Al margen]

 

Y por haber propuesto el citado Cura para Notario Público del expresado Real a Don Antonio Mena, por ser hábil para ello y haber ejercitado interinariamente este oficio, mandó Su Señoría Ilustrísima se le despache en forma de tal Notario Público, por el tiempo de la voluntad de Su Señoría Ilustrísima, a quien se le previene que en las declaraciones, decretos y demás providencias que pasaren ante él, no ponga por mandado sino ante mí dando fe de lo que se actuare ante él, si no es en los requisitorios en que habla por sí el Cura y vicario. //

Igualmente mandó Su Señoría Ilustrísima se observe lo proveído en los autos de visita de los Ilustrísimos Señores Obispos sus antecesores en cuanto a que se administre a los enfermos fuera de la cabecera el Santísimo Sacramento de la Eucaristía por viático en el rural, sin que sea necesario que lo pidan cuando llamaren, y que no permita a ningún eclesiástico que diga misa en enramada, y que así el actual Vicario como sus sucesores recauden la limosna correspondiente a las misas de cuarta, las cuales corresponden por derecho a la Sagrada Mitra, y las que colectare remita a Su Señoría Ilustrísima. Y para el cumplimiento de todo mandó Su Señoría Ilustrísima se le notifique al Cura, y se ponga testimonio de él en el Libro de Gobierno. Y así lo proveyó, mandó y firmó.

 

Fray Antonio Obispo de Guadalajara [Rúbrica]

 

Ante mí.

Joseph de Frutos [Rúbrica]

Secretario de visita

 

En la ciudad de Zacatecas // a treinta y uno de marzo de mil setecientos setenta y seis años. Notifiqué el auto que antecede al bachiller don Alejo Gutiérrez, Cura Vicario Juez Eclesiástico del Real del Pánuco, quien entendido de su contenido dijo lo oye, obedece y que cumplirá con lo que se le manda. Y para que conste lo pongo por diligencia, de que doy fe.

 

Blas de Silva [Rúbrica]

Notario mayor.

 

Visita al pueblo de Chipinque[5] [Al margen]

 

En la ciudad de Zacatecas, en tres días del mes de abril de mil setecientos setenta y seis años; Su Señoría Ilustrísima y Reverendísima el Señor Maestro Don Fray Antonio Alcalde, del Sagrado Orden de Predicadores, Obispo de Guadalajara, Nuevo Reino de la Galicia y de León, del Consejo de Su Majestad, etcétera, mi Señor, estando en su actual y general visita, en atención a no poder Su Señoría Ilustrísima pasar personalmente a visitar la iglesia parroquial del pueblo del Chipinque de la ad--//--ministración del Muy Reverendo Padre Fray Miguel Espinosa, del orden de San Agustín, por el quebranto que ha padecido en su salud, dio su especial comisión y facultad al Muy Reverendo Padre Presentado Fray Rodrigo Alonso, del sagrado Orden de los Predicadores, para que procediese a ella; y habiendo pasada a dicha Iglesia parroquial, hoy cuatro del corriente, y hallado a los Religiosos y Cura Ministro de Doctrina en los oficios correspondientes a este día, por lo cual no dio a adorar al pueblo al Santísimo Sacramento; visitó los vasos sagrados, conviene a saber el copón, la custodia y el rural, todo en conveniente forma, reconociendo los altares de dicha iglesia, con la decencia necesaria; pasó a la Sacristía, donde visitó los ornamentos, ropa blanca y demás alhajas y paramentos, y halló tener los necesarios para la celebración de los divinos oficios.

Inmediatamente el dicho Reverendo Padre Fray Miguel de Espinosa // presentó su título de Cura Ministro de Doctrina de dicho pueblo de Tonalá de Chipinque, despachado en conveniente forma por el Ilustrísimo Señor Parada, de buena memoria, el cual se dio por visitado y pasado en visita general.

 

Libros parroquiales [Al margen]

 

Presentó igualmente el libro en que se asientan las partidas de los que se bautizan en aquella iglesia parroquial, el de casamientos y el de entierros, en los cuales proveyó Su Señoría Ilustrísima los autos que tuvo por convenientes.

Presentó una copia del Arancel de Indios de pueblo, puesta en una tabla, y mandó Su Señoría Ilustrísima se saque un tanto de dicho arancel por estar casi ininteligible, y se ponga en la iglesia de dicho pueblo, firmada por el mismo Cura, para que sus feligreses vean lo que deben pagarle por sus obvenciones; y por no haber presentado Libro de Gobierno, mandó Su Señoría Ilustrísima forme uno donde indispensablemente copie y asiente los edictos, cartas pastorales de Su Señoría Ilustrísima y sus sucesores, para su dirección y buen gobierno en el cumplimiento de su obligación. //

 

Sinodales y padrón 370 [Al margen]

 

Presentó una copia de las Constituciones Sinodales y el Padrón de sus feligreses de confesión y comunión que componen el numero de trescientos y setenta, y mandó Su Señoría Ilustrísima que, quedándose con una copia del padrón que formare en cada un año, remita los originales a la Secretaria de Cámara y Gobierno con su certificación al pie, de si cumplieron o no los que debieron con el precepto anual de Nuestra Santa Madre Iglesia de confesión y comunión, como está mandado en las Constituciones Sinodales de este Obispado.

Igualmente presentó el libro de las informaciones matrimoniales de libertad y soltura de los indios de pueblo que se casan en aquella Doctrina, sobre las cuales mandó Su Señoría Ilustrísima que en las declaraciones de los testigos se exprese el tiempo prefijo que ha que conocen a los pretendientes, y si éstos son viudos, declaren cómo les consta, si de vista u oídas, de modo que no declarando de vista, no se proceda a // la celebración del matrimonio hasta que se presente la partida de entierro del marido o la mujer de quien son viudos.

Igualmente mandó Su Señoría Ilustrísima se observe lo mandado en los autos de visita de los Ilustrísimos Señores Obispos sus antecesores en cuanto a la enseñanza de la Doctrina Cristiana a los indezuelos e indezuelas, por medio del Fiscal, todos los días, y también en cuanto a que se administre en el rural el Santísimo Sacramento de la Eucaristía, por viático a los enfermos de fuera de la cabecera, sin que sea necesario que lo pidan cuando llamaren. Y para el cumplimiento de lo referido mandó Su Señoría Ilustrísima se le notifique al Cura Doctrinero, y se ponga testimonio de él en el libro de bautismos. Y así lo proveyó, mandó y firmó.

 

Fray Antonio Obispo de Guadalajara [Rúbrica]

 

Ante mí.

Joseph de Frutos [Rúbrica]

Secretario de Visita

 

En la ciudad de Zacatecas, a tres de abril de mil setecientos setenta y // seis años. Notifiqué el auto que antecede al Reverendo Padre Fray Miguel de Espinosa, Cura Ministro de Doctrina del pueblo del Chipinque, quien entendido de su efecto dijo lo oye, obedece y que cumplirá con lo que se le manda. Y para que conste lo pongo por diligencia, de que doy fe.

 

Blas de Silva [Rúbrica]

Notario mayor

 

Visita al pueblo de Tlacuitlapan[6] [Al margen]

 

En la ciudad de Nuestra Señora de Zacatecas, en tres días del mes de abril de mil setecientos setenta y seis años; su Señoría Ilustrísima y Reverendísima el Señor Maestro Don Fray Antonio Alcalde, del Sagrado Orden de Predicadores, Obispo de Guadalajara, Nuevo Reino de la Galicia y de León, del Consejo de Su Majestad, etcétera, mi Señor, estando en su actual y general visita, compareció el Reverendo Padre Fray José de Castro, del Orden de San Francisco de la Provincia de esta ciudad, y Cura Ministro de Doctrina del pueblo de Tlacuitlapa[n], a efecto de ser visitado, conforme a lo mandado en el despacho general de visita librado por cordillera; a cuyo fin presentó su título de Cura // Ministro de doctrina del pueblo de Tlacuitlapan, sita en términos de esta ciudad, despachado en conveniente forma, el cual se dio por visitado; presentó los libros de su administración de bautismos, casamientos y entierros de los indios de aquella Doctrina, y reconocidas sus partidas por menor, desde la última visita hasta la presente, proveyó Su Señoría Ilustrísima los autos que tuvo por convenientes. Y en las informaciones matrimoniales de los referidos naturales, mandó Su Señoría Ilustrísima se ponga con individualidad el tiempo el tiempo que los testigos tienen de conocimiento de los contrayentes, y siendo éstos viudos, declaren en qué modo les consta la viudez, si de vista u oídas, qué tiempo ha, y dónde enviudaron, de manera que habiendo enviudado fuera de su jurisdicción, y no dando a lo menos dos testigos de vista, no se proceda a la celebración del matrimonio hasta que presenten la partida de entierro del marido o la mujer de quien son viudos.

 

Padrón de 495 personas [Al margen]

 

Presentó igualmente el Padrón de sus feligreses de confesión y comunión, que componen el número de cuatrocientos noventa y cinco, y a continuación de él, cer--//--tificación de haber cumplido todos con el precepto anual de Nuestra Santa Madre Iglesia de confesión y comunión; y habiéndolo por visitado, mandó Su Señoría Ilustrísima que quedándose con una copia del Padrón que formare en cada un año, remita el original a la secretaria de Cámara y Gobierno de Su Señoría Ilustrísima, con expresión de los lugares donde habitan y certificación de si cumplieron o no con el precepto anual de Nuestra Santa Madre Iglesia, y de las distancias y vientos en que se hallan de la cabecera. Y por no haber presentado testimonio del Arancel de Indios de Pueblo, ni de las Constituciones Sinodales de este Obispado, mandó Su Señoría Ilustrísima que dentro del término de dos meses contados desde el día en que se hiciere saber este auto al dicho Cura Ministro de Doctrina, ocurra a la Secretaría de Cámara y Gobierno a sacar testimonio de uno y // otro, con apercibimiento que se proceda a lo que haya lugar en derecho, y que del citado Arancel ponga una copia autorizada en la iglesia parroquial, a fin de que sus feligreses vean lo que deben pagarle por sus obvenciones; y por cuanto en el reconocimiento que se hizo de los ornamentos, ropa blanca y demás paramentos contenidos en el inventario que presentó el dicho Cura Doctrinero se halló estar muchos maltratados e indecentes, mandó Su Señoría Ilustrísima que cuanto antes se compongan, de modo que se puedan celebrar con ellos sin indecencia los Divinos Oficios, extrañándose que hasta ahora haya habido tan poco aseo.

            Igualmente mando Su Señoría Ilustrísima se observe lo mandado en los autos de visita de los Ilustrísimos Señores Obispos sus predecesores en cuanto a la enseñanza de la Doctrina Cristiana y oraciones a los indezuelos e indezuelas todos los días, por medio del Fiscal; y también en cuanto a que se administre el viático a los enfermos // de fuera de la cabecera, en el rural, sin que sea necesario que lo pidan cuando llamaren; y que no permita a ningún Eclesiástico secular o regular que diga misa en enramada. Y para el cumplimiento de todo lo contenido en este auto mandó Su Señoría Ilustrísima se le notifique al Cura y se ponga testimonio de él en el libro de bautismos de aquel Curato Doctrina. Y así lo proveyó, mandó y firmó.

 

Fray Antonio

Obispo de Guadalajara [Rúbrica]

 

Ante mí.

Joseph de Frutos [Rúbrica]

Secretario de Visita

 

En la ciudad de Zacatecas a tres de abril de mil setecientos setenta y seis años. Notifiqué el auto que antecede al Reverendo Padre // Fray José de Castro, Cura de Doctrina del pueblo de Tlacuitlapan, quien entendido de su efecto dijo lo oye, obedece y que cumplirá con lo que se le manda. Y para que conste lo pongo por diligencia, de que doy fe.

 

Blas de Silva [Rúbrica]

Notario mayor

 



[1] Archivo Histórico de la Arquidiócesis de Guadalajara, Sección Gobierno, Serie Visitas Pastorales, caja 6. La transcripción es de Antonio Gutiérrez Cruz. La paleografía de esta parte comienza en la foja 175v. y concluye en la 189 f.

[2] La comarca de San José de la Isla (desde 1957 cabecera y municipio que oficialmente llevan el nombre del músico Genaro Codina, Zacatecas) ocupa una superficie que fue madriguera de tecuexes, especializados en merodear por la comarca y asaltar a los caminantes. Eso provocó el establecimiento de una colonia de tlaxcaltecas el 18 de marzo de 1591, con todo el respaldo del capitán protector Pedro Caldera. A 12 de septiembre de 1609 el rey Felipe III expidió en Toledo la real cédula en la que le concede la categoría de pueblo de indios. Veinte años después, una epidemia lo deja desierto, pues los sobrevivientes emigraron a la Sierra Fría y la coyuntura la aprovechó el estanciero Antonio de Bonilla para ocuparlo y establecer allí la hacienda de Montegrande y otras de beneficio de metales. En 1721 pidió la cofradía de la Purísima Concepción de los Milagros la fundación de nuevo de este pueblo, lo cual sólo fue oficial en 1803. En 1824 nace como municipio.

[3] Se fundó Pánuco en 1548. Hoy el municipio comprende 555 km² del estado de Zacatecas y cuenta con unos 15 000 habitantes. Antes, formó parte de la Alcaldía Mayor y luego Corregimiento de Zacatecas. Se elevó a parroquia en 1570. Su santuario a San Juan Bautista se edificó en 1622.

[4] Vetagrande es hoy un municipio y cabecera de Zacatecas creado en 1825. Con 162 km² de superficie y a 2 500 metros sobre el nivel del mar, la hoy cabecera y municipio debe su nombre a los riquísimos yacimientos de San Bernabé y Albarrada de San Benito de Vetagrande descubiertos en 1548 y denunciados por Juan de Tolosa, Baltasar Treviño de Bañuelos, Cristóbal de Oñate y Diego de Ibarra. Gracias a ellos tuvo lugar el poblamiento de Zacatecas. Se engasta en la zona más accidentada de la Sierra de Zacatecas y sus monumentos edificados más notables son el templo del Calvario y el de San Juan Bautista. Se honra a la Virgen de Guadalupe. Cuenta con 8 500 habitantes.

[5] Los religiosos agustinos en Zacatecas, dependientes de la Provincia de San Nicolás de Tolentino de Michoacán, echaron mano del Hospicio Franciscano erigido en esa ciudad por los franciscanos en 1558. En ese sitio, durante la gestión episcopal en Guadalajara de don Francisco Gómez de Mendiola, fundaron su convento (por Cédula real del 10 de mayo de 1573), contando en ese momento con la protección del Presidente de la Real Audiencia, Jerónimo de Orozco, a favor de fray Alonso de Quesada, osa (1576). Moraban en él, en 1602, ocho frailes, que tenían a su cargo la atención espiritual de los mineros. Fue bienhechor de esa comunidad, en 1613, el acaudalado minero Agustín de Zavala, de la Orden de Santiago. Con ese respaldo pudieron hacerse cargo del Hospital y Cofradía del Niño Jesús y de la doctrina de Tonalá. En su templo se fundaron las cofradías de los Morenos y del Tránsito (después de 1684), y bajo su administración estará la hacienda de San Alejo de la Pastelera. En 1730, ocupando el convento seis frailes, alquilaron un pedazo de tierra en Chepinque, fundamento de lo que será la doctrina de indios purépechas y tecuexes del barrio de Tonalá Chepinque (también Chipinque), a la que aquí se alude, extramuros de la ciudad, detrás de donde luego se establecerá la alameda. Allí existía ya una pequeña iglesia para las necesidades del culto, que luego será rehecha en estilo gotizante.

[6] Se trata de otro barrio de la ciudad de Zacatecas. Tlacuitlapan es un vocablo náhuatl que significa “a espaldas de algo” (tla, algo y cuitlapan, a espaldas de), e indistintamente se usó para designar una comarca que durante el período posclasico mesoamericano se extendía al centro del actual estado de Zacatecas y la ocupaban desde el siglo x de nuestra era indios zacatecos; también, el sitio ocupado con cierta formalidad en las faldas del cerro de la Bufa al tiempo de arribar a él Pedro de Almíndez Chirinos en 1543, al que los naturales obsequiaron con pepitas de plata. El caserío, de gente pacífica, consistía en casas circulares con techo de zacate, al que servía de baluarte el aludido cerro de la Bufa. En 1546 Juan de Tolosa fundó allí Zacatecas y desplazó dos kilómetros al noroeste el asentamiento de Tlacuitlapan, al lado de los de Mexicapan y El Niño. Finalmente, en Tlacuitlapan se establecerán indios tlaxcaltecas y para su servició edificarán una capilla a la Virgen de los Remedios (1560-1570) de la que deriva el nombre del barrio, Santa María Tlacuitlapan, que contó también con un hospital advocado a San Francisco. Al paso del tiempo el barrio de Tlacuitlapan se fusionó con el de Mexicapan.



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