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Circulares
Circular 12/2019 Normas para el digno desempeño de los fotógrafos durante las celebraciones litúrgicas A toda la comunidad diocesana: Que la gracia y la paz de parte de Dios Padre colmen sus vidas y sus labores cotidianas. El Catecismo de la Iglesia Católica expone con claridad la virtud de las acciones litúrgicas en su contenido mistagógico y en su comprensión simbólica, que nos van llevando a contemplar desde la fe los misterios de la salvación en Jesucristo, Redentor del mundo. La liturgia nos hace ver lo que la fe quiere expresar. “Una celebración sacramental está tejida de signos y de símbolos. Según la pedagogía divina de la salvación, su significación tiene su raíz en la obra de la creación y en la cultura humana” (Catecismo, 1145). Toda acción litúrgica, para que sea pedagogía divina, necesita expresar con fidelidad el contenido de la Revelación, y la armonía de los gestos litúrgicos de los signos sacramentales se hace necesaria para que la celebración en la iglesia se convierta en parte fundamental de la experiencia espiritual que conforma la vida de los fieles, porque “en la vida humana, signos y símbolos ocupan un lugar importante. El hombre, siendo a la vez corporal y espiritual, expresa y percibe las realidades espirituales a través de signos y símbolos materiales. Como ser social, el hombre necesita símbolos para comunicarse con los demás, mediante el lenguaje, gestos y acciones. Lo mismo sucede en su relación con Dios” (Catecismo, 1146). Esta experiencia sacramental puede ser tan gratificante, que muchos de nosotros recordamos con gratitud los momentos en los cuales recibimos, de la mano de un sacerdote, alguno de los sacramentos que han instruido nuestra vida humana. Conservar los recuerdos de las ceremonias es algo impregnado en la vida de la Iglesia. Queremos guardar memoria de esos momentos significativos para que sigan dando sentido a nuestra vida, y por ello, gracias a la ciencia y a la técnica, podemos fotografiarlos y filmarlos. Sin embargo, se hace necesario evitar algunos abusos que hacen perder la armonía de las celebraciones cuando no hay orden y prudencia en la captura de fotos y videos por parte de profesionales de la fotografía o de los mismos fieles, que con sus dispositivos digitales quieren consignar esos momentos. En la Instrucción Eucharisticum Mysterium la Iglesia nos recuerda esta urgencia en relación a los fotógrafos: “Hay que poner especial empeño en que no se perturben las celebraciones litúrgicas, especialmente las Misas, por la costumbre de sacar fotografías. Cuando haya una causa razonable todo se hará con una gran discreción y según las normas establecidas por el Ordinario del lugar” (EM, 23) Buscando el orden, el decoro y la armonía de las celebraciones litúrgicas en lo que respecta a la actuación de las personas que toman fotografías o películas, establezco las siguientes normas: ..//.. 1. El párroco o rector del templo es el primer responsable, junto con sus vicarios parroquiales y su equipo litúrgico, de procurar que los fotógrafos de oficio tengan una presentación digna y actuación correcta, comprendiendo el sentido de la acción litúrgica y el valor de sus signos, observen con respeto el orden celebrativo y conozcan estas normas para su estricto cumplimiento. 2. El sacerdote que preside la celebración litúrgica o sacramental es el responsable inmediato de la celebración que administra. El sacerdote celebrante evite, en la medida de lo posible, llamar la atención a los fotógrafos con una reprimenda pública que pueda desvirtuar el ritmo y la concentración en la ceremonia. Sin embargo, tiene el derecho de amonestar o prohibir, si fuera necesario, la participación de fotógrafos durante la celebración litúrgica. 3. Se permite de ordinario que una persona se responsabilice de tomar fotografías en las celebraciones de sacramentos o sacramentales. En las ceremonias con gran número de participantes, como las Primeras Comuniones o Confirmaciones, permítase sólo una persona tomando fotografías y otra para video, fotógrafos que sean capaces de comprender los momentos de mayor importancia, sin pedir poses o acomodos, ni hablar a los participantes. Para lograr esto, el párroco o rector del templo orientará también a los interesados conforme a estas normas, y logre la debida coordinación, evitando cualquier exageración, exclusivismo y actitudes lucrativas. 4. Procúrese educar también a los fieles para entender y celebrar la Eucaristía y los otros sacramentos respetando la belleza de sus signos, sin interrumpir con la espontánea utilización de los teléfonos celulares para tomar fotos o videos, ya que no se aprecia el momento litúrgico y se dificulta a quien desea vivirlo. 5. Las nuevas tecnologías han propuesto el uso de drones en las ceremonias de los templos, y que puede brindar una perspectiva novedosa de los momentos, sin embargo, con toda claridad señalo que está prohibido el uso de drones dentro de los templos y durante las celebraciones litúrgicas; además, hay que recomendar que su uso se rija bajo las condiciones de la legislación civil y en el respeto de otras personas que no deseen aparecer en esas grabaciones. 6. Los fotógrafos de oficio o las personas que designen los interesados tendrán presente el carácter sagrado del lugar de la celebración. Esperamos que se tengan los aparatos adecuados para ejercer su función y así se respete la debida distancia en el momento de tomar fotos y videos. Deberán actuar con toda discreción y silencio, evitando todo desplazamiento innecesario que impida la piadosa participación de la asamblea. Está estrictamente prohibido actuar dentro del presbiterio. Resérvese, en donde sea posible, un lugar para ejercer su labor. 7. Los momentos más recomendables y significativos que en que se podrá filmar o tomar fotografías sólo a los interesados, y no a todos los asistentes, son los siguientes: • Durante la procesión de entrada. • En el Bautismo, en el momento de derramar el agua sobre el bautizado. • En la Confirmación, cuando se realiza la Unción con el Santo Crisma. • En las Primeras Comuniones, cuando los niños reciben la Eucaristía. • Durante las celebraciones de los quince años, en la Comunión y en el ofrecimiento del ramo. • En los Matrimonios, durante el Rito del Matrimonio, la Comunión y la entrega del ramo. • En los aniversarios matrimoniales, durante la renovación de las promesas. • Durante las Eucaristías de graduaciones, en la bendición y entrega de anillos. Al terminar la celebración se ha de respetar el lugar del presbiterio para no convertirlo en mero estudio fotográfico. 8. Durante las pláticas presacramentales se ha de notificar a los interesados en qué momentos se pueden tomar fotografías, para que los tengan en cuenta al organizar las celebraciones. 9. Se procurará que en cada comunidad parroquial o religiosa haya personas encargadas de cuidar el correcto desempeño de los fotógrafos. Se pondrán estas indicaciones en un tablero del templo a la vista de los fieles, y también se distribuirán a quienes aparten ceremonias en los templos y entre los fotógrafos. Es necesario entender que nuestros hermanos fotógrafos de oficio desempeñan con dedicación un trabajo honesto que es fuente de un ingreso para el sostenimiento de su familia. Reconozco la importancia y dignidad de su labor y felicito a tantos hermanos que han dado a la cultura humana grandes obras de fotografía y fílmicas dignas de ser elogiadas. Todas estas disposiciones, y otras que el párroco del lugar crea conveniente para el desarrollo y digna celebración litúrgica, sean dadas a conocer explicando su sentido y razón pastoral, que no es otra que acentuar y conmemorar a Cristo, quien celebra junto con la Iglesia, su Cuerpo; y que Él sigue actuando por medio de sus sacramentos, instrumentos de salvación para todos. Que ante todo, estas disposiciones sean vividas en la caridad pastoral que busca acercar a todos a la vida de la gracia en la espera de la gloriosa venida de Jesucristo, Nuestro Salvador. Que María Santísima, la Madre del Amor Hermoso, nos ayude a acrecentar la participación devota de nuestras celebraciones litúrgicas. Guadalajara, Jalisco, a 15 de marzo del 2019 + José Francisco Card. Robles Ortega Arzobispo de Guadalajara Pbro. Dr. Javier Magdaleno Cueva Secretario Canciller |