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Libro de Visita de fray Antonio Alcalde, 1776

6ª parte

 

Al no ser posible para el Obispo de una Diócesis tan extensa como lo era la de Guadalajara en el último tercio del siglo xviii  hacerse presente de forma física en cada parroquia,

se desahoga en el testimonio que sigue lo que de la comunidad a su cargo

narra el párroco de Jalpa.[1]

 

La parroquia de Jalpa

 

En el día sábado doce, Santa María de los Lagos, en quince días del mes de febrero de mil setecientos setenta seis años: ante su Señoría Ilustrísima y Reverendísima el Señor Maestro don fray Antonio Alcalde, del Sagrado Orden de Predicadores, Obispo de Guadalajara, Nuevo Reino de la Galicia y de León, del Consejo de su Majestad, etcétera, mi Señor, compareció el licenciado don Ignacio de Aguilera y Miranda, Cura en encomienda y Vicario juez eclesiástico del partido de Xalpa, a efecto de ser visitado, para lo cual presentó sus títulos de tal Ministro y Vicario de dicho partido, despachados en conveniente forma por Su Señoría Ilustrísima, los cuales se dieron por visitados y se le devolvieron para su resguardo; presentó los libros de su administración, de bautismo, casamiento y entierros, y reconocidas sus partidas por menor desde la última visita hasta la presente, mandó Su Señoría Ilustrísima que dicho Cura continúe el buen orden que ha observado hasta aquí en // el asiento de ellas; así mismo presentó el libro de Gobierno en que se copian los edictos, cartas pastorales y demás despachos, donde igualmente se halla el arancel común del Obispado y las Constituciones Sinodales de él; lo cual se dio por visitado, y mandó Su Señoría Ilustrísima que del citado arancel ponga una copia autorizada en la iglesia o sacristía de su curato, para que sus feligreses sepan lo que deben pagarle por sus obvenciones.

 

Padrón.

 

Igualmente presentó el padrón de sus feligreses de confesión y comunión que hacen el número de 3 200, y mandó Su Señoría Ilustrísima que poniendo el citado Cura, en tiempo oportuno, la certificación de si cumplieron los contenidos con el precepto de nuestra Santa Madre Iglesia, lo remita original a la Secretaría de Cámara y Gobierno, quedándose con una copia de él, y lo mismo ejecute cada un año, como se previene en las Constitu-- // --ciones Sinodales de este Obispado, y que dentro del término de dos meses remita a la Secretaría de Cámara y Gobierno una lista puntual de todos los puestos, haciendas y ranchos de que se compone su curato, con la expresión de las distancias y vientos en que se hallan de la cabecera.

 

Fábrica.

 

Presentó el libro y cuentas de la fábrica espiritual de aquella iglesia, y reconocidas desde la última visita hasta la presente, por la última que ha llevado el dicho licenciado Aguilera consta haber recibido 199 pesos 0½ reales, y gastado 128 pesos 1 real, lo que alcanza al citado cura la fábrica en 70 pesos 7½ reales, cuyo alcance declaró Su Señoría Ilustrísima por legítimo, mandando al citado Cura se haga cargo de él en la primera partida de sus cuentas, como también de los 22 pesos que exhibieron los bachilleres don Antonio Portillo y don Carlos Vallarta, por los alcances que resultaron a su favor de la fábrica en las cuentas que siguieron en sus tiempo; dándole las gracias por su exactitud con que se ha manejado, y encargándole solicite el cobro de los 128 pesos 1 real que se deben por varios // individuos; igualmente presentó una cuenta de las limosnas para los cultos del Señor Crucificado, y de lo que en ellos ha gastado y consta ser el recibo de 85 pesos 4 reales, y el gasto de 201 pesos 1 real, por lo que resultan a favor del citado cura 115 pesos 5 reales, de que hace remisión y voluntaria donación al Señor, y por tanta le da Su Señoría Ilustrísima las gracias.

 

Presentó las licencias de decir misa y asimismo de predicar, confesar y administrar los sacramentos en lengua castellana del bachiller don Gaspar Fernández Chavarría; y las de decir misa y confesar del bachiller don Francisco Gerardo Olazarán, presbítero del Obispado de Valladolid y capellán de la Hacienda de Frías; y por estar corrientes y refrendadas en conveniente forma las dio Su Señoría Ilustrísima por visitadas, como también las de decir misa en la capilla de la dicha hacienda.

 

Testamento.

 

Visitó Su Señoría Ilustrísima el testamento so cuya disposición falleció don Juan Bautista Lozano, vecino de aquella // jurisdicción, instituyendo por albaceas a doña María de la Encarnación Villalpando y a don Luis Antonio Lozano, y por herederos a sus hijos; y el de doña María Villalpando, quien instituyo por albacea a dicho don Luis Lozano, y por herederos a sus hijos; y reconocidas sus cláusulas y recibos presentados, los declaró Su Señoría Ilustrísima por cumplidos y pagados en cuanto a la Eclesiástica Jurisdicción toca.

 

Presentó igualmente los pliegos matrimoniales de españoles, mestizos, mulatos y demás castas que se casan en aquel partido, los cuales se hallaron en conveniente forma, y mandó Su Señoría Ilustrísima se observe lo prevenido en los autos de visita de los Ilustrísimos Señores Obispos en cuanto a que se administre el Santísimo Sacramento de la Eucaristía en el Rural a los enfermos de fuera de la cabecera sin que sea necesario que lo pidan cuando llamaren; y también en cuanto que recaude el Cura y Vicario la limosna correspondiente a las misas de cuarta funeral de testamentos o memorias, las cuales por derecho // tocan a la Sagrada Mitra, y la importancia de lo que colectare la remita oportunamente a manos de Su Señoría Ilustrísima; y sobre que no permita a ningún eclesiástico secular o regular celebrar el Santo Sacrificio de la Misa en enramada. Y para que todo lo contenido en este auto tenga su debido cumplimiento mandó su Señoría Ilustrísima se le notifique al cura, y se ponga testimonio de él en el libro de Bautismos; y así lo proveyó, mandó y firmó.

 

Fray Antonio, Obispo de Guadalajara [Rúbrica]

 

En la villa de Santa María de los Lagos, a diez y seis de febrero de mil setecientos setenta y seis años: En conformidad de lo mandado en el auto antecedente. Yo el infrascrito Notario mayor y de visita, hice saber el contenido de dicho auto al licenciado // don Ignacio Aguilera y Miranda, quien dijo lo oye, obedece y cumplirá con lo que se le manda, de que doy fe.

 

Blas de Silva [Rúbrica]

Notario mayor



[1] Archivo Histórico de la Arquidiócesis de Guadalajara, Sección Gobierno, Serie Visitas Pastorales, caja 6. La transcripción es de Antonio Gutiérrez Cruz.



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