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Extinción y supervivencia del monacato femenino en México después de 1861

María Concepción Amerlinck de Corsi1

 

Desde la óptica de los caudillos liberales mexicano, las monjas eran “reclusas” y los conventos cárceles. Equiparando los votos sagrados a la esclavitud jurídica y azuzado por esta mentalidad, mediante diversos decretos emanados del Ejecutivo, no conformes con decretar la clausura de los noviciados, la enajenación del patrimonio de las comunidades religiosas, su reducción a menos de la mitad, la incautación y destrucción de los conventos, terminó por declarar fuera de la ley la vida consagrada en México. No obstante, siglo y medio de persecución y acoso jurídico, no extinguió el monacato femenino en este país, según da cuenta el artículo que sigue.2      

 

Ya ha corrido mucha tinta en torno a la guerra de Reforma. Muchos de sus protagonistas han sido inmortalizados en la nomenclatura de calles, escuelas y aeropuertos, apellidan los antiguos nombres de ciudades y pueblos o bien se recuerdan convertidos en figuras de bronce.

De la aplicación de sus preceptos, expresados en decretos y leyes, resultaron numerosos cambios relacionados con los conventos de monjas, como la exclaustración, la conversión de los inmuebles monásticos en bienes nacionales, su venta en lotes y la supresión de los noviciados, todo ello con el fin de terminar con las comunidades de religiosas contemplativas.

Cabe distinguir entre cambios tangibles e intangibles. Los primeros dieron lugar a grandes modificaciones en la arquitectura de las ciudades, las cuales merecen ponderarse desde el punto de vista del urbanismo y de la historia del arte. Los segundos se relacionan con la continuidad de las comunidades de religiosas que se deseó extinguir. Ambos aspectos pueden centrarse en lo sucedido a partir de 1861, pero no cabe ignorar sus antecedentes, ni soslayar sus consecuencias.

Cuando los temas relacionados con las leyes de Reforma han sido abordados en coincidencia con la historia oficial, se ha resaltado sin matices la figura de Benito Juárez. En otros casos se lamenta todo lo sucedido, pero bien poco se ha señalado que la mayoría de los monasterios femeninos sobrevivió a su pretendida extinción.

            Quienes vivieron aquellos difíciles momentos y resultaron perjudicadas en sus personas y bienes, permanecieron sumisas y prácticamente sin voz ante la aplastante fuerza de la ley, pero algunas religiosas escribieron sus vivencias a manera de desahogo personal. Sus narraciones han permanecido preservadas de miradas ajenas durante muchos años, por no estar destinadas al público y seguramente por el temor inherente de quienes prosiguieron su vida religiosa en la clandestinidad, pero conservaron esas expresiones para la comunidad misma.

Hoy esas pequeñas memorias son documentos preciosos, debido a que lo conservado por la historia oral también ha ido desapareciendo junto con el fallecimiento o la pérdida de memoria de las religiosas ancianas, lo que sumado a la dispersión de los viejos archivos y bibliotecas, junto con la destrucción de obras de arte existentes en los desmantelados monasterios e iglesias, es sin duda un infortunio cultural.

Actualmente las monjas contemplativas sólo excepcionalmente suelen interesarse por la historia y, desde su condición femenina y religiosa, se inclinan más al cumplimiento de sus respectivas reglas, aunado al cultivo de virtudes espirituales y al trabajo cotidiano que les permite mantenerse y les ocupa mucho tiempo, que a un deseo reivindicatorio del pasado, que sencillamente asumen como algo que ya pasó. En el siglo xxi se escriben menos crónicas o efemérides conventuales que en los siglos anteriores, y desafortunadamente se siguen destruyendo testimonios históricos y contemporáneos por ignorancia y carencia de aprecio por documentos cuyo contenido humano ni en las comunidades ni fuera de ellas se aprecia suficientemente.

Prueba de ello es que el tema de la Reforma no se ha abordado a fondo desde el punto de vista humano. Se conocen una serie de datos duros que tuvieron consecuencias en todos y cada uno de los conventos de monjas; no obstante, poco se sabe de la forma en que fueron vividos por ellas.

Sin embargo, especificar lo sucedido en cada uno de los casos daría lugar a una narración que se repetiría, con variaciones, alrededor de sesenta veces, lo que impediría tener una visión de conjunto. De ahí la conveniencia de presentar algunos ejemplos concretos y de generalizar para apreciar el conjunto.

En el aspecto material, si bien subsistieron la mayor parte de las iglesias monjiles y el mobiliario de los coros, desaparecieron infinidad de objetos litúrgicos y las obras de arte que los decoraban y poco a poco se fueron eliminando muchas de sus rejas. Lo que se construyó sobre los lotes que fragmentaron y arruinaron los emblemáticos conventos no sólo cambió el rostro de nuestras ciudades, sino que raramente alcanzó la notable calidad arquitectónica de lo destruido.

A pesar de todo ello, sus comunidades subsistieron, primero a salto de mata y hoy en día en casas adaptadas para conventos, y las religiosas después de lo sucedido resultaron fortalecidas en su vida espiritual. Aquellos cambios dieron lugar a comunidades más igualitarias, en las que todas las monjas trabajan personalmente en las tareas domésticas, oran y laboran.

La clausura en México ya no se concibe como encierro perpetuo dentro del ámbito conventual. Hoy puede decirse que el claustro se ha extendido hacia el mundo, porque las religiosas tienen que ir al médico y que hacer trámites, que incluyen, por ejemplo, el pago del impuesto predial. A veces viajan a otras ciudades del país para acudir a ciertas reuniones de su orden o por alguna otra razón justificada, y ya no sólo para fundar otro monasterio, como sucedía antiguamente.

A raíz de la exclaustración de 1861, las monjas tuvieron que compartir tiempos y espacios con otras comunidades; luego, cuando regresaron a lo que quedaba de sus conventos, efectuaron un nuevo proceso de adaptación que concluyó con el segundo imperio, ya que en 1867 fueron echadas definitivamente de aquellos recintos, pues se decretó su exclaustración definitiva. Así, fieles a su vocación y a sus votos, pasaron a la clandestinidad. En el siglo xx estuvieron sujetas a diversos episodios persecutorios y a nuevas exclaustraciones, frecuentemente autoimpuestas por precaución.

Quienes siguieron observando sus respectivas reglas en condiciones adversas y consiguieron subsistir sin extinguirse en cada vez más reducidas comunidades, a pesar de haber tenido todo el aparato oficial en contra durante décadas, fueron vivificadas al reabrirse sus noviciados, o bien coadyuvaron a la restauración de otras comunidades que habían corrido con peor suerte. Los menos se extinguieron, y algunos salieron del país y continuaron la vida monástica en otras latitudes.

En honor a la verdad, cabe aclarar que ni las exclaustraciones decimonónicas ni la persecución y prohibición de la existencia de religiosas fueron un fenómeno singular y mexicano. Resultaron de una visión anticontemplativa difundida y compartida en una buena parte del mundo, que ya estaba globalizado.

 

Antecedentes

 

Nada sucede por generación espontánea. Remotos son los hechos que precedieron el cambio de visión que propició y permitió la exclaustración, la desamortización de los bienes del clero y la supresión de las comunidades contemplativas.

La inesperada y nunca enteramente explicada expulsión de los jesuitas en 1767 puso a la autoridad civil por encima de la religiosa. Durante la revolución francesa se acusó al clero de haber acumulado riquezas y de haberse alejado del cristianismo de la Tebaida, y después de una discusión que no fue sino aparente, la asamblea constituyente emitió un decreto el 13 de febrero de 1790 que desconoció los votos monásticos solemnes en Francia, donde las órdenes y congregaciones regulares quedaron suprimidas permanentemente y sus bienes pasaron a la nación. El texto había sido preparado por Montesquieu y modificado ligeramente por los jacobinos Bernave, Thouret, Mirabeau y Tréillard.3

A ese decreto siguió una gran destrucción de conventos; valga como ejemplo el de las benedictinas que estaba en la colina de Montmartre, donde se veneraba a los mártires y en particular a San Dionisio. El renombrado lugar quedó en ruinas hasta que se erigió la basílica del Sagrado Corazón, donde de nuevo son benedictinas las monjas que hoy participan con sus bien entonados cantos en el incesante culto eucarístico de ese templo emblemático.

El producto de la venta de los bienes de los jesuitas se hizo pasar a manos de Carlos iii en 1789.4 Su sucesor Carlos IV también quiso hacerse de dinero eclesiástico en 1804, por medio de la consolidación de vales reales, y ordenó la entrega del producto de propiedades del clero y del efectivo existente en las arcas de tres llaves, así como la rendición de capitales vencidos5 a cambio del 3% anual del dinero entregado, medida que llevó a la pérdida de capitales, a pesar de que las propiedades de las monjas no se vendieron por falta de compradores.6 El decreto fue derogado en 1809,7 pero en 1812 se exigió un impuesto del 10% de lo que recibían los conventos de religiosas por arrendamiento de casas de la ciudad de México, y los mayordomos tuvieron que presentar a la Secretaría del Virreinato un informe de lo recibido de 1807 a 1811, para pagar el impuesto sobre su promedio.8

            A raíz de la Independencia y de la caída del imperio de Iturbide, no cesaron los enfrentamientos entre facciones, el país se empobreció y el gobierno pidió préstamos a la Iglesia, tanto que en 1830 la Mitra asignó cuotas a las corporaciones.9

En tiempos de Fernando vii los liberales identificaron a la Iglesia con el absolutismo, que si bien empezó siendo moderado, debido a la guerra civil carlista, en tiempos de Isabel ii y de la regente María Cristina de Borbón acabó por desembocar en la exclaustración y desamortización entre 1833 y 1840.10

            Valentín Gómez Farías y el doctor José María Luis Mora se pronunciaron en México en 1833 a favor de la abolición de fueros e inmunidades del clero y la milicia, la desamortización de las propiedades de la Iglesia y la educación no clerical. Aquel año fueron secularizados los bienes de las misiones de las Californias, se clausuró el Colegio de Santa María de Todos los Santos y fue suprimida la Real y Pontificia Universidad; se creó la Dirección de Instrucción Pública, fue abolido el cobro coactivo de los diezmos y un decreto terminó con la coacción civil para el cumplimiento de los votos religiosos, al tiempo que se abrió la posibilidad de exclaustrarse libremente.11

            El 6 de septiembre de 1835 Gómez Farías firmó el acta de la Junta Anfictiónica de Nueva Orleans, cuyo programa era:

 

Que se secularicen y supriman todos los conventos de frailes y monjas y sus bienes raíces y muebles, plata y alhajas queden a disposición del Gobierno, a excepción de los ornamentos y vasos sagrados, que se repartirán entre las iglesias pobres; los edificios o iglesias de los conventos servirán para hospicios, casas de beneficencia, hospitales, cuarteles, talleres o se venderán algunos para sinagogas o templos de otros cultos.12

 

La intervención del Estado en asuntos eclesiásticos fue incrementándose, tanto que la ley del 31 de agosto de 1843 prohibió las enajenaciones de bienes existentes en los templos.13 El Congreso autorizó en 1845 un empréstito de 15 millones para los gastos de guerra con Estados Unidos14 y al año siguiente el ministro de Hacienda hizo saber al vicario capitular del Arzobispado de México que los prelados diocesanos debían contribuir con 2 millones 400 mil pesos, a razón de 200 mil mensuales, de los que corresponderían 98 000 al Arzobispado de México. El Cabildo Metropolitano aceptó dar 25 000, pero Gómez Farías le exigió 50 000 pesos mensuales a partir del 29 de agosto. Don Antonio de Haro y Tamariz propuso la venta de todos los bienes del clero a los inquilinos, tomando como base el avalúo de la renta de las casas, que era muy bajo, y otro ministro de Hacienda, don Lázaro Villamil, logró la aprobación del Congreso de un empréstito de 2 millones de pesos y fijó a la Iglesia un plazo de ocho días para entregarlos, con el compromiso de devolverlos en dos años.15

Siguió la exigencia de dinero para sostener la guerra contra Estados Unidos.16 Gómez Farías consiguió el 10 de enero de 1847 la aprobación de una ley para obtener 15 millones hipotecando o vendiendo los bienes del clero,17 y en ese mismo año, que fue el de la invasión estadounidense y el de su segunda vicepresidencia, propuso otorgar la dote individual a las religiosas.18

            Antonio López de Santa Anna suprimió el 29 de mayo de 1847 las leyes de Gómez Farías19 y en 1854 restableció la coacción civil para el cumplimento de los votos.20 Pero a su salida del país fue convocado un congreso constituyente y el 23 de noviembre de 1855 se expidió la “Ley Juárez” o Ley de Administración de Justicia y Orgánica de los Tribunales de la Nación del Distrito y Territorios, que suprimió fueros en materia civil del clero y del ejército y consideró a todos los ciudadanos iguales ante la ley y la sociedad, lo que fue objetado por los arzobispos, obispos y desde luego por los conservadores.

El 26 de abril de 1856 un decreto insistió en la supresión de la coacción de los votos religiosos y en junio de 1856 nació la llamada Ley Lerdo, creada por Miguel Lerdo de Tejada, titulada Ley de Desamortización de Fincas Rústicas y Urbanas Propiedad de Corporaciones Civiles y Religiosas, a las cuales consideraba uno de los mayores obstáculos para la prosperidad y el engrandecimiento de la nación por la falta de movimiento o libre circulación de una gran parte de la propiedad raíz, base fundamental de la riqueza pública.

Escudado en el plan de Ayutla, reformado en Acapulco, Lerdo decretó en su Artículo 1º que todas las fincas rústicas y urbanas que tenían o administraban como propietarios las corporaciones civiles y eclesiásticas se adjudicarían en propiedad a sus arrendatarios por el valor correspondiente a la renta que pagaban, calculada como rédito al seis por ciento anual.21 Aunque reconocía a la Iglesia su carácter de propietaria,22 obligaba a las monjas a vender sus propiedades, a excepción de su edificio conventual. Los inquilinos y arrendatarios podrían pagar por los inmuebles eclesiásticos y lo no arrendado pasaría a subasta pública. Esa ley fue ratificada por el Congreso Constituyente 28 de junio de 1856,23 a lo que siguió una circular firmada el 8 de julio por el mismo Lerdo que consideraba a la propiedad estacionaria un error económico y un obstáculo tributario y aseguraba que la movilización de la propiedad raíz era la base natural de todo buen sistema de impuestos.24

Por decreto del 17 de septiembre de 1856 fue suprimido el convento grande de San Francisco de México, sus bienes fueron declarados nacionales y se concedió licencia para que se estableciera en Santiago Tlatelolco el convento principal de la orden.25

El Estado tomó para sí muchas de las funciones que hasta entonces había desempeñado la Iglesia, como fueron las derivadas de la “Ley Lafragua” o Ley de Registro Civil, publicada el 27 de enero de 1857.

Todo ello se fue dando con más o menos inconformidad y protestas de quienes se sintieron afectados, pero lo que la jerarquía eclesiástica consideró una intolerable afrenta fue la publicación el 5 de febrero de 1857 de la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, porque en sus artículos 5º, 7º, 13, 27 y 123 se pronunciaba abiertamente contra la Iglesia, su derecho, propiedades, dogma, soberanía, libertad e independencia.

Pronto resultaron perjudicadas las carmelitas de Nuestra Señora de Guadalupe y Santa Teresa de Jesús de Orizaba, cuyo monasterio había sido fundado el 19 de diciembre de 1851 con cuatro monjas de Santa Teresa de Puebla. Poco duró en funciones, ya que el 22 de abril de 1857 la nueva comunidad se vio obligada a alojarse en casas particulares,26 lo que fue un adelanto de lo que pasaría en otras ciudades unos años después.

 

1.    Los opositores a la Constitución de 1857

 

Los funcionarios generalmente eran católicos y habían tenido por costumbre celebrar los acontecimientos importantes en la iglesia mayor, pero como formaban parte de un gobierno liberal, se les pedía jurar la Constitución so pena de ser despedidos. Tuvieron que elegir entre conservar su empleo o estar bien con la Iglesia. Por ejemplo el obispo de Chiapas, don Carlos María Colina, pidió que las autoridades civiles no se presentaran a la función de Corpus, ya que los funcionarios que hubieran jurado la Constitución no serían recibidos con los honores acostumbrados. Además, con motivo de la instalación del Congreso del Estado, las autoridades civiles pidieron un Te Deum para el día 23 de agosto a las 10 de la mañana, pero el obispo se negó,27 y ése no fue el único caso.

Algunos políticos, encabezados por el general Félix Zuloaga, se manifestaron en contra de esa constitución el 17 de diciembre en Tacubaya, desconocieron al gobierno, proclamaron presidente de la República, con facultades omnímodas, a Ignacio Comonfort, y convocaron a un congreso extraordinario para que redactara una nueva constitución. Comonfort se adhirió al Plan de Tacubaya dos días después, en nombre de la libertad y la religión.28

Su sucesor en la presidencia, Zuloaga, publicó el 28 de enero de 1858 una serie de decretos que anulaban las leyes y los decretos hostiles a la Iglesia y repuso en sus puestos a quienes se habían negado a jurar la Constitución.29 La Iglesia aportó un millón y medio a su gobierno,30 pero éste no logró mantenerse. El general Miguel Miramón lo apoyó y después de reponerlo en el poder acabó por sucederlo; pero al cabo de unos meses dejó el cargo en manos de un presidente interino para irse a combatir a Benito Juárez, que se había autonombrado presidente el 14 de febrero en Guadalajara y gobernaba desde Veracruz.

Allá publicó el 7 de julio de 1859 un “Manifiesto del Gobierno Constitucional a la Nación” que contenía la expropiación de bienes de las corporaciones religiosas,31 y el 12 de julio del mismo año expidió la Ley de Nacionalización de Bienes Eclesiásticos, en la que culpaba al clero de la guerra que hoy conocemos como de Reforma, supuestamente por desear sustraerse de la dependencia de la autoridad civil, y por ende hacía pasar al dominio de la nación todos sus bienes, sin indemnización; declaraba la separación de la Iglesia y el Estado y suprimía las órdenes de los religiosos regulares y además las archicofradías, cofradías, congregaciones o hermandades anexas a las comunidades religiosas, a las catedrales, parroquias o cualesquiera otras iglesias. Prohibía la nueva fundación de todo lo suprimido, así como el uso de los hábitos de las órdenes suprimidas. A cada uno de los eclesiásticos regulares de las órdenes suprimidas que no se opusieran a esa ley se le ministrarían quinientos pesos por una sola vez, y los que por enfermedad o avanzada edad estuvieran físicamente impedidos para el ejercicio de su ministerio recibirán además un capital, fincado ya, de tres mil pesos.32 Los religiosos varones pasarían al clero secular. Las monjas que se exclaustraran por su propia voluntad recibirían sus dotes y capitales. Prohibía perpetuamente los ingresos de novicias y las existentes no podrían profesar.33

Publicó la Ley de Matrimonio Civil el 23 de julio y el decreto de secularización de cementerios del día 31. El 11 de agosto suprimió por decreto las festividades religiosas y dio a conocer un calendario de fiestas laicas. Otra ley emitida el 4 de diciembre, la de Libertad de Cultos, prohibió las ceremonias fuera de las iglesias y desconoció el estado civil del clero

Después de haber fracasado en marzo el segundo ataque de Miramón a Veracruz, debido al apoyo de los estadounidenses al gobierno de Juárez, el 22 de diciembre de 1860 el presidente don Miguel fue vencido por el general González Ortega en Calpulalpan; al saberlo, su esposa doña Concepción Lombardo anticipó acertadamente lo que estaba por suceder. Ella misma cuenta:

 

Mi primer pensamiento fue ir a la Catedral para avisar a los canónigos; me encontré con uno de ellos, y le dije lo ocurrido, recomendándole que tomaran sus precauciones para poner en seguridad los tesoros de la Catedral; luego me fui al Convento de la Encarnación e hise (sic) igual recomendación a las monjas respecto a los objetos de valor que poseían, finalmente fui a casa de mis hermanas para que se pusieran a salvo.34

 

 Esa derrota dio pie en la madrugada del 25 de diciembre a la entrada de la primera sección del ejército liberal a México, con González Ortega a la cabeza, y a que el 28 de diciembre fueran promulgadas las Leyes de Reforma en la capital.35

Si bien los conservadores habían perdido en el campo de batalla, sus convicciones permanecían intactas, por lo que no aceptaban el proyecto de nación que imponían los liberales. El conflicto Iglesia-Estado se prolongó y el enfrentamiento entre los gobiernos y la jerarquía católica siguió dividiendo a la sociedad mexicana.

El Boletín de Noticias anunció el 5 de enero de 1861 haber quedado establecida la Oficina Especial de Nacionalización de Bienes Eclesiásticos y Redención de Capitales, a cargo de Francisco Mejía, y nombrado interventor general de dichos bienes Basilio Pérez Gallardo.36 Dos días después empezó a funcionar la Oficina Especial de Desamortización del Distrito, organizada por la Secretaría de Hacienda, para nacionalizar y vender los bienes eclesiásticos.37 El 11 de enero llegó el presidente Juárez a la ciudad de México y el día 21 fueron expulsados el delegado apostólico Luis Clementi, el arzobispo José Lázaro de la Garza y Ballesteros, los obispos Clemente de Jesús Munguía, Joaquín Madrid, Pedro Espinosa y Dávalos y Pedro Barajas, así como el embajador de España José Francisco Pacheco.

Fueron enviados comisionados gubernamentales a los conventos de religiosas para revisar los archivos y hacer inventarios. Algunos de ellos se llevaron documentos y otros objetos, como sucedió en Santa Inés de México, donde se apoderaron de cuadros de la sacristía y vasos sagrados de metales preciosos.38 Esos antecedentes debieron haber bastado para poner en guardia a las religiosas y a sus parientes y amigos ante lo que sobrevendría, pero era tal la dificultad de creer en lo que se rumoraba que podría sucederles, que ni unas ni otros tomaron suficientes medidas precautorias para salvar sus bienes muebles, entre los que se encontraban incontables obras de arte. Sólo excepcionalmente se las ingeniaron para salvar algunos libros de profesiones, una mínima parte de sus archivos y bibliotecas y uno que otro objeto litúrgico, religioso o devocional.

 

La refundición y sus excepciones

 

Una circular fechada el 1º de febrero de 1861 trató sobre la reducción del número de conventos mediante su refundición, a lo que siguió la ley del 8 de febrero del mismo año,39 que en su artículo 76 indicaba que tal reducción reuniría a quienes profesaran la misma regla en el número de conventos que estimasen conveniente el gobernador del Distrito y los gobernadores de los Estados.40 Dicha refundición tendría que efectuarse en un plazo máximo de quince días y, después de hecha, los conventos que se suprimieran serían vendidos por el gobierno para pagar pensiones a viudas y huérfanas y establecimientos de caridad.41

Esa orden abarcó a todos los conventos de monjas de la República, pero mayoritariamente se ha escrito acerca de los de la ciudad de México, y aun sobre éstos poco a poco se van conociendo matices, como la excepción que hizo el presidente Juárez con las monjas del convento de religiosas carmelitas, a instancias de su esposa, quien escribió a una religiosa carmelita en los siguientes términos:

 

M.R.M. María de Cristo, Presente. Marzo 5 de 1861.

Muy R. Sor María de Cristo:

Por mi amiga la Sra. Dª Josefa de los Castillejos

He sabido de las mortificaciones, que pasa S.R. así como sus otras hermanas, por la imprudencia de personas, sin duda, mal intencionadas, y tengo un verdadero placer en asegurar a su Reverencia que puede vivir tranquila en su convento, donde será respetada con toda su comunidad pues de ello tengo la más completa seguridad por parte de mi esposo.

Siempre tendré hermana mía un placer en obsequiarla

Su afectuosísima S.S. b.s.m.

Margarita Maza de Juárez.

 

Tal misiva tuvo su fundamento escrito en la siguiente nota:

           

Mi amada Margarita:

Puedes asegurar a la señora de Castillejos, que las monjitas de Sta. Teresa la Antigua, no irán a otro convento, sino que continuarán en el que actualmente viven. Tampoco irán a otra parte las de Santa Teresa la Nueva.

Tu esposo

Benito Juárez.

Marzo 13 1861.

 

La precedente carta la he visto hoy a las 6 de la tarde en el edificio de la Diputación el Excmo. Sr. Gobernador D. Miguel Blanco, y me ha ratificado su contenido, agregando: que en estos mismos momentos, se va a ocupar de dictar una medida sobre la materia de conventos, motivo por el que no tenía campo para otra cosa; pero que estuvieran enteramente tranquilas en los dos conventos de Santa Teresa de la Antigua y la Nueva, y que así lo podía asegurar en su palabra de caballero.

En testimonio de lo cual y para el correspondiente resguardo de los expresados dos conventos, siendo la presente hoy 14 de febrero de 1861 a las 6 y media de la tarde.

Lic. Javier Belaunzarán

(2ª Indio Triste Nº 6)42

 

Las variaciones en lo sucedido en cada ciudad dependieron de las autoridades locales, pero en esencia no difirieron mucho de lo que pasó en la capital, donde, según narra Josefina Muriel, en un convento como a las ocho de la noche llegó un oficio en el que el gobernador mandaba la ocupación del sitio por el comisionado y treinta soldados, para que vigilaran la ciudad desde la torre y cúpulas de la iglesia. En otros de la ciudad de México se dio una u otra explicación y al unísono, a las 12 de la noche del 13 al 14 de febrero de 1861, los interventores hicieron saber a las monjas que tendrían que salir, o en su caso que abrir la puerta para albergar a otras comunidades.43

A esas altas horas de la noche del miércoles de ceniza, antes de vencer el plazo decretado para ello, empezaron las monjas a vivir su propia pasión, al haber tenido que salir de las clausuras en que se habían comprometido a permanecer durante su vida mediante votos. Fueron obligadas a subir en coches o en el ómnibus que conducía a los presos comunes a la Acordada. En los conventos designados para acogerlas, sus forzadas anfitrionas hicieron lo que pudieron para hospedarlas, aunque esto significó una gran mortificación para ambas, máxime que ni siquiera se tomó siempre en cuenta si había o no espacio suficiente para todas o si, por lo menos, profesaban la misma regla. 44

Es conmovedora la narración de una de las religiosas: Sor María Guadalupe de San Lorenzo, monja en Santa Catalina de Siena, cuenta que a media noche fueron a sacarlas para llevarlas en los carros de la ambulancia al convento de Santa Teresa, “todas espantadas iban rezando a gritos Magníficas, Misereres y cuanto se les ocurría, hendiendo los aires con cruces que hacían con la mano, pues no cabe duda que la atmósfera estaba impregnada de demonios”.45 Otra religiosa narra:

 

por fin subimos al horroroso coche que nos dijeron se llamaba ómnibus, era muy largo y los asientos como los de ahora de los trenes; estaba en algunas partes sucio de sangre no muy seca, algunas de nosotras se mancharon los hábitos y lo mismo las criadas. Nos dijeron que era porque este coche había servido en el día para estar pasando los soldados que se habían apestado de tifo en un cuartel y los llevaban al hospital.

 

            En algunos casos fueron reunidas las de una misma orden, como sucedió con tres comunidades concepcionistas, ya que la Concepción y Jesús María fueron integradas a Regina Coeli. Las de la Enseñanza Nueva fueron llevadas a la Enseñanza Antigua, ambas eran de la Compañía de María; pero el acierto fue sólo aparente, porque las de Nuestra Señora del Pilar y las de Nuestra Señora de Guadalupe tenían costumbres afines a su respectiva condición de españolas las primeras y de indias las segundas. Otro caso fue el de San Felipe de Jesús o Capuchinas; su comunidad fue conducida al convento de su orden en la villa de Guadalupe, adonde también fueron llevadas las monjas de Corpus Christi, que eran indias cacicas y observaban la primera regla de Santa Clara. Tenían en común el tronco del que derivaron ambas órdenes de estricta observancia, pero no sus distintas reglas y constituciones, ni siquiera los horarios, ni lo inherente a la vida cotidiana.

            Sin criterio comprensible fueron refundidas las concepcionistas de la Encarnación en el convento de jerónimas de San Lorenzo, y otras dos comunidades concepcionistas, Nuestra Señora de Balvanera y San Bernardo, se refundieron en San Jerónimo. Al convento concepcionista de San José de Gracia llegaron las religiosas urbanistas de Santa Clara; al de Santa Isabel de clarisas de la primera regla, las de San Juan de la Penitencia, que eran clarisas urbanistas, y además las de Santa Brígida, que nada tenían que ver con las demás salvo que esos tres conventos estaban más o menos cercanos en el espacio de la ciudad.

            El error de haber reunido en el convento de carmelitas de Santa Teresa la Nueva con las dominicas de Santa Catalina de Siena y las concepcionistas de Santa Inés fue corregido a los dos días, cuando las de Santa Inés fueron refundidas en Santa Catalina de Siena, lo que tuvo seguramente que ver con la referida intercesión de doña Margarita Maza de Juárez.

            Después se permitió que los gobernadores de la Mitra colocaran más cómodamente a algunas monjas, por lo que las de Corpus Christi regresaron a su convento, las de Santa Brígida fueron llevadas a la casa de ejercicios de Belén46 y el 26 de febrero la comunidad de San Felipe de Jesús ocupó la casa de ejercicios de Nuestra Señora de los Ángeles.47

            En Puebla, durante la noche del 23 de febrero de 1861 también fueron juntadas unas comunidades con otras. Santa Teresa con la de La Soledad,48 Santa Catalina de Siena con Santa Clara, Santa Mónica al antiguo colegio de Jesús María, Santa Inés del Montepulciano con Santa Rosa, y la Santísima con la Concepción. Curiosamente las capuchinas y las del Corazón de Jesús y otras quedaron como antes.49

No hubo uniformidad temporal en todas las ciudades. Pero tarde o temprano todas fueron exclaustradas. En Oaxaca, por ejemplo, no fue hasta el 4 de marzo de 1862 cuando a la media noche trece dominicas de Santa Catalina de Siena, algunas ya ancianas, fueron llevadas a la Concepción, con todos sus muebles y hasta con sus plantas.50

A los conventos anteriores a la Independencia se habían empezado a sumar otros con un nuevo carisma, como fue el de las hermanas de la Caridad, también conocidas como Hijas de la Caridad o Hermanas de San Vicente de Paul, cuyas nueve fundadoras, procedentes de distintas provincias españolas, llegaron a México en noviembre de 1844 y en enero del año siguiente ya habían abierto un colegio para trescientas niñas.51 Esas religiosas fueron exceptuadas de la exclaustración y reconocidas el 28 de mayo por el ministro Guzmán, junto con los padres paulinos, como asociaciones civiles.52 No así otra nueva fundación de corte tradicional, la Santísima Trinidad de Durango, cuyo convento, fundado en 1853 por monjas carmelitas, por lo menos una de ellas procedente de San José de México,53 sufrió las mismas consecuencias que el resto de los de contemplativas.

A pesar de que algunos conventos debieron devolverse a sus dueños, porque de acuerdo con las condiciones de su fundación eran de propiedad particular, eso no sucedió. El 18 de mayo de 1861 el licenciado Felipe Raigosa, a nombre de la familia de los señores Moncadas, hizo una protesta como propietario del convento de San Bernardo, pero ésta no tuvo efecto, ni tampoco la que hizo el conde del Valle por San Diego.54

            Mientras las monjas permanecieron refundidas no cesaron de acudir a los conventos los emisarios del gobierno, con el fin de convencerlas de que dejaran las clausuras y “recuperaran su libertad”, caso en que recibirían dinero gubernamental, pero ellas no dudaron en mantenerse fieles al tipo de vida que habían elegido, aunque hubiera sido alterado por esas fuerzas externas.

El 25 de marzo de 1862 el notario liberal Felipe Sandoval interrogó a cada una de las monjas de Oaxaca y todas se rehusaron a recibir su dote. El 19 de septiembre regresó a los conventos y todas volvieron a rehusarse. El gobernador Cajiga contaba con 200 000 pesos para ese fin; propuso depositarlos y que mientras tanto sirvieran para la educación. Juárez, a través del ministro de Relaciones Juan Antonio de la Fuente, respondió a Cajiga que no se permitiera pedir limosna para las monjas.55

 

2.    La exclaustración

 

El 26 de febrero de 1863 fue expedido por el presidente Juárez y autorizado por su ministro de Relaciones don Juan Antonio de la Fuente56 el “Decreto de extinción de comunidades religiosas”, que en virtud de su artículo 1º extinguió en toda la República las comunidades de señoras religiosas. De acuerdo al artículo 2º los conventos en que estaban reclusas quedarían desocupados a los ocho días de publicado ese decreto, en cada uno de los lugares donde tuviera que ejecutarse. Según el artículo 3º, esos edificios y todo lo que en ellos se encontrare y no fuera perteneciente a las religiosas en particular, sería recibido por las oficinas de Hacienda. 4º No podrían ser enajenados esos edificios sin una orden expedida por el Ministerio de Hacienda, que se insertaría en la escritura de enajenación, sin lo cual sería nula y de ningún valor, y el escribano que la autorizare sufriría la privación perpetua de su oficio. 5º El gobierno entregaría sus dotes a las religiosas que no los hubiesen recibido todavía y mientras tanto proveería a la manutención de las interesadas. 6º Los templos unidos a los conventos continuarían destinados al culto católico si fueren designados por los gobernadores respectivos. 7º Ese decreto no comprendía a las Hermanas de la Caridad.57 Quedaron exentas porque no hacían vida común y estaban “consagradas al servicio de la humanidad doliente”.58 Las monjas deberían volver a la casa paterna o bien dirigirse a los establecimientos de las Hermanas de la Caridad en el término de ocho días.59

Ese mismo día 26 de febrero de 1863, el presidente Juárez y el Ministro de Relaciones Juan Antonio de la Fuente autorizaron disponer de los conventos para obtener los medios disponibles para repeler al ejército francés, comandado por el general Forey. El plazo para su desocupación fue de ocho días; los recibiría el ministerio de Hacienda y procedería a su enajenación.

El 13 de marzo se insistió en que las monjas debieran someterse a la autoridad paterna cualquiera que fuese su edad, y sólo si no tuvieran padres, podrían disponer libremente de su persona. Quienes las acogieran sin ser sus padres tendrían que manifestarlo a la autoridad, no podrían tener apoderado del clero ni nadie que se desempeñara como tal para otra exclaustrada. No podrían vivir más de dos juntas, a menos que fuesen hermanas o estuviesen enfermas. Se les prohibió vestir hábito religioso en público y salir del país sin permiso del gobierno federal.60

La salida de las religiosas se efectuó escalonadamente en la ciudad de México. El 1º de marzo salieron las de San José de Gracia, Santa Clara y Santa Catalina de Siena, el 2 las de Santa Isabel, el 3 las de Jesús María, San Lorenzo, Santa Brígida y Enseñanza Antigua, entre el 2 y el 5 las de Corpus Christi, el 5 de marzo las de la Encarnación y la Enseñanza Nueva, el 8 las de Regina, la Concepción, San Jerónimo, Balvanera, San Bernardo y San Juan de la Penitencia, el 11 las de Santa Teresa la Antigua, el 12 las de Santa Teresa la Nueva, y en fecha incierta las de Santa Inés y Capuchinas.61 Ellas se dispersaron y pasaron a la clandestinidad, esforzándose por permanecer reunidas.

Al gobierno central le corría prisa para hacerse de sus propiedades, tanto que el 1 de mayo, se vendió el convento de Santa Brígida. 62 Por el contrario, en Oaxaca el gobierno de Cajiga no publicó el decreto de Juárez del 26 de febrero de 1863 extinguiendo los conventos porque había algunas sobrinas de jefes militares liberales que estaban defendiendo Puebla.63       

            Los conventos de monjas en esa ciudad sufrieron los embates de la guerra ante los invasores franceses que, inesperadamente vencidos el 5 de mayo de 1862, lavaron su honra al año siguiente, pertrechados con refuerzos y una mejor planeación del ataque a la insuficientemente defendida ciudad de Puebla, que fue tomada por ellos el 17 de mayo de 1863, después de un trágico sitio iniciado el 10 de marzo. Durante aquellos terribles días cayeron granadas en iglesias conventuales como la de Santa Catalina, y el convento de Santa Inés, dada su localización, padeció daños irreversibles.

 

a.    Los conventos de monjas durante el segundo imperio

 

A raíz de la derrota de los defensores de Puebla y ante la inminente llegada del ejército francés a la capital, el presidente Juárez y sus ministros huyeron el 31 de mayo hacia San Luis Potosí. Ese mismo día tuvo lugar una junta en las Casa de Correos de la ciudad de México, presidida por el general Bruno Aguilar, quien puso a cargo del mando político y militar de la plaza al general Mariano Salas, que lo declinó el día 5 a favor del general francés De Potier. Dos días después entró a México la división Bazaine y el 10 de junio lo hicieron el general Forey, el general Almonte y el ministro Dubois de Saligny. El 16 de junio Forey decretó la formación de la Asamblea de Notables; 64 no obstante el día 25 se instituyó la Junta de Regencia y acto seguido la Junta de Notables.

La nación mexicana optó por una monarquía moderada, hereditaria y católica. Se ofrecería la corona a Maximiliano de Habsburgo, y si no la aceptara se pediría a Napoleón III que escogiera a otro príncipe católico, pero no fue necesario, puesto que la corona de México fue aceptada por el príncipe austriaco en Miramar el 10 de abril de 1864. Él y la emperatriz Carlota llegaron a Veracruz el 28 de mayo y a la capital mexicana el 12 de junio.

Las monjas de la ciudad de México no esperaron a que las nuevas autoridades civiles organizaran su gobierno. A los dos días de la partida del presidente Juárez ellas empezaron el retorno a sus conventos o a lo que quedaba de ellos. Así, el 2 de junio las carmelitas de San José regresaron a su monasterio, al día siguiente lo hicieron las brígidas, el día 5 las de Regina Coeli, San Jerónimo, San Juan de la Penitencia, la Encarnación, San José de Gracia, Santa Teresa la Nueva, Corpus Christi y la Enseñanza Antigua; el día 7 regresaron las de San Lorenzo y al otro día las de Santa Catalina de Siena.

Tardaron un poco más las monjas de la Concepción, que el 2 de agosto pudieron instalarse en una sección de su antiguo convento que quedó después de la apertura de calles donde, al igual que las religiosas de Santa Inés en su viejo convento, tuvieron que plegarse a un espacio limitado, por estar en ambos inmuebles sendos cuarteles de tropas francesas.65

Peor suerte corrieron las capuchinas de San Felipe de Jesús, cuyo pequeño convento había sido destruido con la apertura de la calle de la Palma, por lo que el día 5 de agosto ocuparon el santuario de Nuestra Señora de los Ángeles, que ese día celebraba su fiesta. Las de la Enseñanza Antigua estuvieron en San Andrés, y el 15 de noviembre se instalaron en una sección de San Andrés a Betlemitas. Las de Balvanera no tuvieron adonde volver y se refugiaron en Regina, donde había una pequeña capilla junto a la iglesia principal, que pudieron seguir usando. Sólo dos tuvieron que vivir en conventos improvisados por carecer ya de inmueble, debido a la venta efectuada a particulares. Las de Santa Clara se instalaron en la avenida Buenavista 17, y las de Santa Isabel, desde el 24 de julio, en San Cosme 21. Las de Jesús María tardaron un poco más; fue hasta el 8 de febrero de 1864 cuando las 25 que eran fueron conducidas en coches de las principales familias de la ciudad. El arzobispo don Pelagio Antonio de Labastida las recibió, acompañado del obispo de Querétaro don Manuel Gárate, de los canónigos don Braulio Sagaceta y Alva y de otros sacerdotes. Cantaron el Miserere en el presbiterio, el arzobispo de pontifical descubrió el Santísimo, que fue llevado al coro, donde las religiosas renovaron sus votos. La procesión regresó al ábside y se cantó el Te Deum laudamus.66

Pero las luchas intestinas prosiguieron y con ellas la exclaustración o la refundición de algunas comunidades, a pesar de estar ya vigente el segundo imperio. En Oaxaca, por ejemplo, se fortificaron en 1864 cuatro conventos: el de la Soledad, que era de monjas, y los de órdenes masculinas de San Francisco, la Merced y Santo Domingo, y las religiosas de Santa Catalina y de la Concepción fueron concentradas el 14 de septiembre de 1864 en el convento de los Siete Príncipes.67

Debido a la guerra contra los franceses y a las incesantes batallas entre conservadores y liberales, que no cejaron en su empeño hasta derrocar al imperio, los amplios y bien construidos conventos de monjas se convirtieron en diversos momentos en puntos neurálgicos de ataque, defensa y acuartelamiento de tropas.

            Maximiliano promulgó el Estatuto Provisional del Imperio el 10 de abril de 1865, pero no contó con el apoyo necesario para poner en práctica sus proyectos. Es bien sabido que el mariscal Bazaine no le dio el respaldo suficiente y que Napoleón III se lo negó, y además retiró su ejército.

 

b.    La exclaustración definitiva

 

Incluso antes del fusilamiento de Maximiliano, el 1º de junio el gobierno del Distrito mandó desocupar los conventos de monjas en un término de 48 horas. Así se hizo, tanto que el 4 de julio se dio a conocer una disposición mediante la cual se comunicó que dentro de treinta horas que se cumplirían a las 6 de la tarde del 5, se presentarían como presos en el exconvento de la Enseñanza los notables, consejeros, ministros, comisarios y demás grandes funcionarios que habían fungido en el imperio. Al término de ese plazo estaban 250 personas allí.68

El 10 de septiembre salieron los militares que estaban presos en Santa Brígida y en Regina para cumplir su sentencia en Perote. De la Enseñanza salió el obispo Ormaechea y otros de los expulsados que tendrían que dejar la República.69

En Oaxaca, el 18 de abril de 1867, Félix Díaz exhortó al gobernador a exclaustrar a las monjas de los Siete Príncipes, la Soledad y Capuchinas. Él le respondió que en el artículo 14 de la ley de 12 de julio de 1859 no se decía que se exclaustraran las religiosas y le recordó que el 17 de septiembre y el 4 de octubre de 1862, con escribano, el Jefe Político del Centro y el Jefe de Hacienda les preguntaron una a una si querían aceptar el regreso de su dote de 3 000 pesos, y ellas se negaron a recibirla y a firmar. Aseguró no haber visto dónde se hablaba de exclaustración, ni conocer la copia de la ley de 26 de febrero de 1863. Sin embargo, respondió que si consideraba que debían exclaustrarse, su gobierno no se opondría, y lo firmó el 24 de abril de 1867 Juan M. Maldonado. Ese mismo día el gobernador escribió al general Díaz renunciando a su puesto.70 Porfirio Díaz aceptó la renuncia y quiso saber por qué no se había publicado esa ley en Oaxaca. El 4 de mayo el licenciado José Esperón, secretario del gobierno de Ramón Cajiga, dijo que esa ley se había recibido y depositado en el archivo de la Secretaría y no se había publicado por razones de alta política.

Todavía en el periódico La Victoria, número 35, del 30 de abril de 1867, se lee que el decreto del 26 de febrero de 1863 no había sido recibido de una manera oficial. Porfirio Díaz nombró sucesor de Maldonado al licenciado Miguel Castro, con orden de ejecutar las exclaustraciones faltantes. Félix Díaz dejó a Castro la comandancia militar y el 13 de octubre de 1867 el nuevo gobernador mandó sacar a las religiosas de la Soledad, la Concepción y las dos comunidades de clarisas. El obispo sólo pudo darles 6 pesos a cada una.71

            Evidentemente las monjas intentaron reunirse en comunidad. Staples se ha referido a denuncias y quejas publicadas en la prensa porque algunas vivían juntas en 1869, observando la vida religiosa, y las autoridades gubernamentales se presentaban en esas casas para disolverlas. En la Cámara de Diputados se aprobó lo propuesto por dos de sus miembros, Tovar y García Brito, que exigieron al ministro de Gobernación que si sabía de señoras enclaustradas viviendo en comunidad expusiera las medidas para evitarlo. Por este tipo de denuncias Tiburcio Montiel, gobernador del Distrito Federal, dirigió una campaña de exclaustración.72

Como una compensación por la confiscación de sus conventos y demás bienes, las religiosas oaxaqueñas acudieron en 1870 a ver si podían recuperar sus dotes. Fueron 8 de Santa Catalina, 14 de la Concepción, 12 de la Soledad, 17 capuchinas indias y 30 capuchinas de San José. Pero ya tenían multa por no haberse registrado a tiempo. Ellas dijeron que no podían haberlo hecho porque estaban enclaustradas, pero la respuesta del funcionario público Fernando Calvo fue que ignoraban sus deberes y adulteraban la verdad, por lo que eran acreedoras a penas legales. Además, durante la guerra de intervención el monto de las dotes se había destinado a las tropas,73 de modo que tuvieron que sobrevivir por su propio esfuerzo. Su situación empeoró aún más cuando en 1873 las Leyes de Reforma adquirieron rango constitucional, como adiciones y reformas a la Constitución de 1857.

En consecuencia, en 1874 fue abolido en México el Instituto de las Hijas de San Vicente,74 quienes el 11 de enero de 1875 fueron visitadas por autoridades que les preguntaron si renunciarían a su instituto o se expatriarían voluntariamente, y la segunda respuesta fue unánime. A fines de enero de 1875 salieron de Veracruz en el vapor Louisiane 144 mexicanas, 8 francesas y 7 españolas; en febrero, en el Ville de Brest, 87 mexicanas y 24 extranjeras, y otras más viajaron desde Mazatlán a San Francisco, California.75

Es un lugar común considerar que durante el gobierno de Porfirio Díaz 1876-1880 y 1884-1910 hubo la llamada “paz porfiriana”, pues no aplicó las leyes antireligiosas; pero no hay que olvidar que tampoco las derogó y que incluso en su tiempo se dieron algunas disposiciones contrarias: una circular de la Secretaría de Gobernación expedida el 27 de septiembre de 1885 se refirió a la legislación reformista, la prohibición de congregaciones monásticas, la responsabilidad de los gobernadores con respecto a su incumplimiento, así como a las sanciones previstas para las autoridades subalternas que las infringieran. Además señaló a los funcionarios del orden judicial como encargados de conocer esas infracciones.76 Otra circular de la Secretaría de Gobernación, fechada el 11 de septiembre de 1889, se dirigió a los gobernadores de los estados para que impidieran la existencia de noviciados en las comunidades religiosas.77

Paradójicamente, las monjas fueron acusadas en 1914 de haber sostenido a Porfirio Díaz y a Victoriano Huerta, y con ese pretexto fueron exclaustradas de nuevo. La historia se repitió durante la persecución religiosa de 1926 en adelante. Por entonces, algunos de los conventos de monjas que habían sobrevivido se vieron tan amenazados que las religiosas optaron por dejar el país.

 

c.    Los conventos extintos

 

En la ciudad de México desaparecieron las comunidades de Nuestra Señora de Balvanera, la Encarnación, San Jerónimo y San Lorenzo. Cuando de estas últimas quedaban ocho monjas, la priora María Concepción de San Antonio compró una casa en Tacubaya, a través del arzobispo Próspero María Alarcón, en la que vivieron de inmediato cuatro, en 1891 se les unió otra y en noviembre de 1892 dos más. Sólo una ya no regresó por haber perdido la vista. Pero el 26 de agosto de 1926, debido a la persecución religiosa, emigraron a España. El 31 de marzo de 1949 habían sobrevivido a la guerra civil, tenían casa en Madrid y una de ellas abrió una casa en la Ribera de San Cosme 5.78

La última monja de la Encarnación de la antigua Ciudad Real de Chiapas, hoy San Cristóbal de las Casas, murió en 1897 o 1898.79 En 1907 sólo vivía una religiosa de Santa Clara de Querétaro.80 También se extinguió la comunidad de Nuestra Señora de la Consolación de Mérida, cuyo convento había sido suprimido en 1863 y desalojado en definitiva el 12 de octubre de 1867.81 Algo semejante sucedió con las religiosas de Santa Catalina de Siena de Oaxaca; el 4 de marzo de 1862, las 13 que entonces había fueron trasladadas al convento que había sido de los jesuitas, para refundirlas con las concepcionistas, y su convento fue convertido en cárcel. Más adelante pasaron a casas particulares y acabaron por extinguirse. 82

Eran tan queridas por los vecinos las pobres capuchinas de San José de Lagos que cuando Antonio Rojas ocupaba la plaza, él y el jefe político de la localidad, apellidado Topete, emplearon infantería, caballería y piezas de fuego con las que cerraron las bocacalles inmediatas al convento antes de echar a las capuchinas fuera. La situación fue especialmente dura en esa ciudad. Prueba de ello es que el abogado don Cesáreo L. González hospedó en su casa a Sor Rafaela, que era hija de su hermana doña Clara González y González, así como a Sor Clara, monja de avanzada edad, lo que le valió ser desterrado a León. Ambas volvieron brevemente a su convento durante el imperio de Maximiliano y después de la segunda exclaustración, efectuada en 1867, don Cesáreo volvió acogerlas. A su muerte, acaecida el 17 de abril de 1872, pasaron a otra casa que doña María de Jesús Haghenbeck de Rincón Gallardo compró a quien la heredó. Allí vivieron las exclaustradas hasta su fallecimiento y la extinción de su comunidad.83

Caso distinto fue el de Nuestra Señora de la Soledad de Irapuato. A la exclaustración del 25 de marzo de 1863 siguió la de 1867. El edificio conventual pasó a la nación y la disminuida comunidad fue reforzada el 27 de abril de 1904 por varias monjas de Castellana de la Costa, Barcelona, que fueron expulsadas de México en 1914. Las demás siguieron trabajando en su colegio, como correspondía a las religiosas de la Compañía de María; pero cuando éste fue cerrado, debido a la persecución religiosa de 1926, partieron unas a los Estados Unidos y otras a Cuba. 84

 

d.    Destino de los antiguos inmuebles conventuales

 

Al poco tiempo de efectuada la refundición, el 22 de mayo de 1861, Juárez proclamó la bancarrota 85 y el 17 de julio informó la suspensión de pagos de la deuda extranjera; de ahí la intervención tripartita86 que terminó por reducirse a la intervención francesa. Estando así las cosas, el 23 de enero de 1862 se hizo saber la resolución de vender los capitales destinados al culto en los conventos. Los interesados deberían rescatarlos en un plazo de tres días con base del 50% en efectivo.

El 5 de junio, Antonio Escandón y socios compraron la iglesia de la Concepción de México en 40 000 pesos, a cambio de 10 000 en dinero y el resto en créditos.87 Santa Clara se vendió a los funcionarios P. García de León y P. Hinojosa en 100 000 pesos, precio igual al avalúo,88 16 000 en dinero y 9 700 en una orden contra la Jefatura de Hacienda de Guanajuato, un cuarto del precio en efectivo y el resto en bonos, 74 300 pesos a entregar en seis meses. Pero el 19 de septiembre los tres cuartos se capitalizaron según un decreto del 13 de agosto al 4% y se abonaron en un crédito que uno de los compradores tenía contra el erario, quizá por sueldos adeudados.89 En otros casos se pagaron deudas adquiridas por el gobierno con conventos como el de Regina, que pasó a manos del señor Obregón, o el de San Jerónimo, que se entregó al arquitecto Antonio Rivas Mercado.

También en 1861 se planteó la división en lotes de los conventos que se habrían de vender, así como qué debiera hacerse después de enviar una comunicación al Supremo Gobierno solicitándolo y de oír en la Comisión que nombrara el Excelentísimo Ayuntamiento la propuesta de éste sobre las calles y casas nuevas que debieran abrirse.90

Así, bajo el amparo oficial, la apertura de calles cercenó parcial o totalmente varios conventos de religiosas, como fue el caso de las del Progreso y de Cincuenta y Siete, que atravesaron la Concepción en México, o la que rompió San Bernardo para prolongar la de don Juan Manuel, y la de Palma, que se abrió transversalmente entre las actuales calles de 16 de Septiembre y Venustiano Carranza, entonces conocida como Capuchinas.

            El convento de Santa Catalina de Siena de Puebla fue partido por el callejón de Mendoza, luego conocido como de Santa Catalina, Jardín del Progreso y Callejón de la 2 Poniente.91 Igual suerte corrió en Guadalajara Santa Teresa, que después de haber sido saqueado, fue seccionado por la calle de Ocampo; sus claustros fueron demolidos y sólo quedó una pequeña parte del convento junto a la iglesia.92

La venta de lotes y los cambios de uso del suelo prosiguieron. La Concepción de Oaxaca no volvió a ser ocupado por monjas, ni siquiera durante el imperio de Maximiliano, y pasó a propiedad particular.93

            En el siglo xx fueron rescatados algunos inmuebles para darles un uso digno al tiempo que productivo, como sucedió con el convento de San Jerónimo de México, hoy Universidad del Claustro de Sor Juana, o con el convento de Santa Catalina en Oaxaca o el de la Concepción en Puebla, a los que se les hicieron modificaciones para que pudieran servir como hoteles y sin embargo se preservaron sus áreas principales.

Otro caso es el del actual Museo de Arte Religioso donde fuera Santa Mónica de Puebla; no así Santa Rosa, cuya famosa cocina y colección pictórica formaron parte de un museo hoy cerrado.

Excepcionalmente, parte del convento de la Concepción de San Miguel el Grande, hoy de Allende, se usa como centro cultural, y en otra sección más pequeña, adquirida por un particular, aún viven las monjas. También las de Jesús María y las Capuchinas de Guadalajara ocupan una fracción del que fueran sus amplios conventos. Otra suerte corrió el de Santa Teresa de esa ciudad, vendido por las carmelitas que optaron por mudarse a uno más moderno; su iglesia sigue en funcionamiento y el viejo monasterio pasó a uso civil.

Muy importante para crear conciencia de lo que fueron los conventos de monjas virreinales fue el rescate y restauración del convento de San Jerónimo de la ciudad de México. Ojalá que otros recintos fueran también recuperados y tuvieran un uso digno, como ha sido el caso de la Universidad del Claustro de Sor Juana. No obstante, tal rescate no siempre es posible; de algunos conventos sólo nos queda una que otra fotografía. Otros serían parcialmente rescatables y valdría la pena, como es el caso del primer convento de monjas de América, la Concepción de México, que en sus restos aloja una escuela. Casos semejantes a éstos se encuentran en todas las ciudades del país, donde bien y mal se conservan restos de los antiguos monasterios monjiles.

            Numerosos estudiosos centran hoy sus investigaciones sobre esos inmuebles y las que fueron sus moradoras. Poco a poco se ha ido comprendiendo que no se puede emprender la historia cultural y religiosa de México sin conocer la silenciosa labor que permeó hacia la sociedad desde los conventos de monjas, como tampoco se pueden entender el arte, la arquitectura y el urbanismo sin la aportación de los artesanos y artistas que acudieron a los monasterios femeninos en busca de encargos importantes, para los que fueron contratados por éstos y sus patronos o benefactores.

Los más conocidos arquitectos y artistas trabajaron para las monjas; pintores, entalladores, plateros, maestros de hacer órganos, músicos y cantores, a lo largo de un periodo muy importante de la historia de la cultura novohispana. Sus clausuras tuvieron una enorme importancia social y económica y fueron consideradas de forma unánime, durante más de tres siglos, lugares privilegiados donde se practicaban y aprendían las virtudes, se alternaba la meditación en soledad con el rezo comunitario en el coro. La sociedad y sus dirigentes civiles y religiosos tuvieron en gran aprecio esos importantes reductos espirituales y culturales.

Las iglesias precedieron a las salas de conciertos. Allí iban los vecinos a orar y a disfrutar del canto y de la música. En los locutorios, niñas y monjas se ponían al tanto de las noticias más señaladas y de los sucesos políticos, incluso de los rumores que, de haber sido creídos por ellas, las habrían puesto sobre aviso. Esos lugares de conversación y de encuentros familiares conservaron la privacía del espacio monástico y permitieron la sociabilidad con el exterior. En el siglo xviii las monjas de la Compañía de María fueron precursoras en materia de educación, encabezaron una verdadera revolución pedagógica.

La simplicidad de los exteriores conventuales se contraponían con la riqueza interior de sus iglesias. La mayor parte de ellas está aún llena de las resonancias del pasado; no así loa amplios complejos monumentales que estaban junto a ellas, con amplias dependencias construidas y huertas. Los terrenos donde se encontraban, sin distinguir entre el espacio construido y las huertas, fueron seccionados en lotes y vendidos a particulares para solucionar el déficit del Estado. Sus claustros fueron convertidos en cuarteles del ejército liberal o bien de los franceses, y más adelante también los ocuparon los estadounidenses. Así, una y otra vez los conventos de monjas se convirtieron en el punto neurálgico de momentos difíciles.

No obstante su destrucción, que supuestamente aliviaría la deuda pública y devolvería a las monjas la libertad perdida, no tuvo ninguna de esas consecuencias. La historia es interpretación; pero también debe fundamentarse en hechos. Se ha escrito toda una historia peyorativa, llena de tópicos, censuras terribles e infundadas hacia quienes sólo vivían su vida de forma distinta a los demás.

Hoy, al lado de viejos prejuicios hay un gran aprecio por el mundo de la vida consagrada y aun por el monacato femenino, según se echa de ver en el deseo de la Santa Sede por revisar las directrices vigentes de la misma, depositadas en el documento Sponsa Christi, de Pío xii, que se remonta al año 1950.94



1 Investigadora de la Coordinación Nacional de Monumentos Históricos del INAH, con especialidad en arquitectura, oficios y arte novohispanos del siglo xviii en la ciudad de México. Pertenece a la Sociedad Mexicana de Historia Eclesiástica.

2 Estudio leído por su autora en el Coloquio Académico La Iglesia en México. 1864, organizado por la Sociedad Mexicana de Historia Eclesiástica y el Departamento de Estudios Históricos de la Arquidiócesis de Guadalajara el 4 y 5 de noviembre del 2015, en la Casa ITESO-Clavigero en Guadalajara, en el marco del CL aniversario de la restauración del episcopado mexicano.

3 Lázaro Iriarte, Las Capuchinas, pasado y presente, Sevilla, Federaciones de la SS. Trinidad y de la Madre de Dios de las Capuchinas de España, 1996, pp. 181-182.

4 Francisco Santiago Cruz, La piqueta de la reforma, México, Jus, 1958, p. 7.

5 Jaime del Arenal Fenochio, “Argumentación jurídica sobre los bienes eclesiásticos: los puntos de vista del Estado y de la Iglesia”, en La Iglesia y sus bienes, de la amortización a la nacionalización, coordinación de María del Pilar Martínez López-Cano, Elisa Speckman Guerra, Gisela von Wobeser, México, UNAM, 2004, p. 321.

6 Elisa Speckman Guerra, “Las órdenes femeninas en el siglo xix: el caso de las dominicas”, Estudios de Historia Moderna y Contemporánea de México, vol. 18, documento 232, p. 6.

7 Arenal Fenochio, op. cit., p. 322.

8 Cruz, op. cit, p. 7.

9 Speckman Guerra, op. cit, p. 7.

10 El tema ha sido ampliamente tratado en M. Revuelta González, La exclaustración (1833-1840), Madrid, Biblioteca de Autores Cristianos, 1976.

11 L. Griselda Rivera Reynaldos, “La exclaustración de las órdenes monásticas femeninas en la ciudad de Querétaro, 1863-1870”, Tzintzuntzan, Revista de Estudios Históricos, enero-junio de 1997.

12 Cruz, op. cit, pp. 8-9.

13 Arenal Fenochio, op. cit., pp. 298-299.

14 Cruz, op. cit, p. 9.

15 Cruz, op. cit, pp. 9-10.

16 Speckman Guerra, op. cit., p. 7.

17 Cruz, op. cit, p.10.

18 Rivera Reynaldos, loc. cit.

19 Cruz, op. cit, p. 10.

20 Speckman Guerra, op. cit., p. 9.

21 Colección de Leyes, decretos, reglamentos, circulares, órdenes y acuerdos relativos a la desamortización de los bienes de corporaciones civiles y religiosas y a la nacionalización de los que administraron las últimas, ordenadas por Luis G. Labastida, México, Oficina impresora de Estampillas, 1893, pp. 4-6.

22 Arenal Fenochio, op. cit., p. 299.

23 Ídem.

24 Íd.

25 Archivo General de la Nación, Justicia Eclesiástica, vol. 173, leg. 58, ff. 436-467.

26 Federacion-ocd-mx.org/wp-content/uploads/2013/04/Descalzas-Junio-2013.pdf 7 de septiembre de 2014.

27 La Cruz, periódico exclusivamente religioso, establecido ex profeso para difundir las doctrinas ortodoxas, y vindicarlas de los errores dominantes, vol. vi, México, Imprenta de J. M. Andrade y F. Escalante, Calle de Cadena número 13, 1857, pp. 12-18.

28 La Cruz…, vol. VI, pp. 425-430.

29 La Cruz…, vol. VI, p. 583.

30 Speckman Guerra, op. cit., p. 7.

31 Cruz, op. cit, p. 12.

32 Cruz, op. cit, pp. 12-13.

33 Colección de leyes, decretos…, pp. 137-139.

34 Memorias de Concepción Lombardo de Miramón, Preliminar y notas de Felipe Teixidor, México, Porrúa, 1990, p. 297.

35 Rivera Reynaldos, op. cit., p. 68.

36 Colección de las Efemérides publicadas en el Calendario del más Antiguo Galván, desde su fundación hasta el año de 1977, México, Antigua Librería de Murguía, 1979, p. 90.

37 Bazant, op. cit., p. 192. Lo que hizo se recogió en la Memoria de las operaciones que han tenido lugar en la oficina especial de desamortización del Distrito, desde el 7 de enero en que se abrió, hasta el 5 de diciembre de 1861, en que cesaron sus labores, para continuarlas la Junta Superior de Hacienda, creada en virtud de la ley de 17 de julio del mismo año, México, Imprenta de Ignacio Cumplido, 1862. En adelante Memoria de Desamortización de 1862.

38 Josefina Muriel, Conventos de monjas en la Nueva España, México, Jus, 1995, p. 527.

39 Speckman Guerra, p. 9.

40 Antonio García Cubas, El libro de mis recuerdos: narraciones históricas, anecdóticas y de costumbres mexicanas anteriores al actual estado social, Primera parte, México, Imprenta de Arturo García Cubas, Hermanos Sucesores, 1904, p. 37.

41 Bazant, op. cit., p. 200.

42 Archivo del convento de San José. Agradezco este dato a Sor María de Cristo Méndez.

43 Muriel, op. cit., p. 528.

44 Colección de las Efemérides…, p. 95.

45 Speckman Guerra, op. cit., pp. 9-10. En esta narración se supone que fueron llevadas al convento del Señor de Santa Teresa, es decir San José, lo que no es exacto, pues en realidad pasaron a Santa Teresa la Nueva.

46 Colección de las Efemérides…, p. 96.

47 Muriel, op. cit., p. 531.

48 Francisco Javier Cervantes Bello, “Los tiempos difíciles: los retos de la exclaustración, Una empresa divina, las hijas de Santa Teresa de Jesús en América 1604-2004, Puebla, Consejo Cultural UDLA, 2004, p. 73.

49 Hugo Leicht, Las calles de Puebla, estudio histórico, Puebla, Comisión de Promoción Cultural del Gobierno del Estado de Puebla, 1967, p. 426.

50 Manuel Esparza, Convento de la Madre de Dios de Santa Catarina de Sena, Oaxaca, 2000, p. 90.

51 P. Ramiro Camacho, Centenario del establecimiento de las Hermanas de la Caridad en México, Guadalajara, Talleres Linotipográficos “El Estudiante”, 1945 pp. 12-19.

52 Colección de las Efemérides…, p. 106.

53 Federacion-ocd-mx.org/wp-content/uploads/2013/04/Descalzas-Junio-2013.pdf 7 de septiembre de 2014. Muriel, op. cit., p. 413 sólo menciona el nombre de una fundadora, Sor María de Jesús Josefa de la Presentación.

54 Colección de las Efemérides…, p. 105.

55 Esparza, op. cit., p. 93.

56 García Cubas, op. cit., p. 39.

57 Cruz, op. cit, pp. 15-16

58 Bazant, op. cit., p. 233.

59 Speckman Guerra, op. cit., p. 10.

60 Rivera Reynaldos, op. cit., p.23.

61 García Cubas, op. cit., p. 39.

62 Bazant, op. cit., p. 233.

63 Esparza, op. cit., p. 93.

64 García Cubas, op. cit., pp. 39-40.

65 Muriel, op. cit., p. 531.

66 García Cubas, op. cit., p. 40.

67 Esparza, op. cit., p. 94-95.

68 Colección de las Efemérides…, p. 171.

69 Colección de las Efemérides…, p. 173.

70 Esparza, op. cit., p. 93.

71 Esparza, op. cit., p. 93-94.

72 Speckman Guerra, op. cit., pp. 10-11. Anne Staples, “El Estado y la Iglesia en la República restaurada”, El dominio de las minorías, México, El Colegio de México, 1989, pp. 15-52, 28-30.

73 Esparza, op. cit., pp. 91-92.

74 Camacho, op. cit., p. 45.

75 García Cubas, op. cit., p. 52.

76 Speckman Guerra, op. cit., p. 11.

77 Speckman Guerra, op. cit., p. 11.

78 Bazarte et al., El convento jerónimo de San Lorenzo… pp. 466 y 467. Citan a María del Carmen Laguna Ergueta, Jerónimas de la Adoración, del añoso tronco de la orden Jerónima, Madrid, Publicaciones Claretianas, 1991, p. 74.

79 Sidney David Markman, Architecture and Urbanisation in Colonial Chiapas, Mexico, Philadelphia, The American Philosophical Society, 1984, p. 161. Ver: Trens, Bosquejos históricos, p. 182 y Flores Ruiz, Rincones, p. 19.

80 Ramírez Montes, op. cit., p. 283. Frías, p. 47.

81 Miguel A. Bretos, Iglesias de Yucatán, Mérida, Producción Editorial Dante, 1992, p. 36.

82 Sor María de Cristo Santos Morales, O.P., op. cit., p. 404.

83 José Ignacio Dávila Garibi, Colección de documentos inéditos referentes a la fundación del convento de Pobres Capuchinas de Lagos, del título de Señor San José, precedidos de una sucinta noticia histórica del mismo monasterio y seguidos de la Serie Cronológico-Biográfico-Genealógica de las religiosas que en él tomaron el hábito de capuchinas recoletas, según la regla de Santa Clara, desde 1756 hasta 1859. Obra escrita en 1929 con vista de numerosos libros, expedientes y documentos del archivo que fue del propio Convento, México, Cultura, 1968, pp. 263-265.

84 Foz y Foz, Pilar, ODN, con la colaboración de Estela Mejía Restrepo, ODN, Fuentes primarias para la historia de la educación de la mujer en Europa y América, archivos históricos de la Compañía de María Nuestra Señora, 1607-1921, Roma, Tipografía Políglota Vaticana, 1989, p. 646.

85 Cruz, op. cit, p. 13.

86 Cruz, op. cit, p. 15.

87 Bazant, op. cit., p. 234 y Archivo Histórico de Notarías, Mariano Vega, núm. 221, fol. 231.

88 Bazant, op. cit., p. 235. Mariano Vega, año 1863, escrito núm. 91, fol. 132 v.

89 Bazant, op. cit., p. 235.

90 Archivo Histórico del Distrito Federal, Calles. Alineamiento de 444, leg. 1, exp. 40 (2 hojas)

91 Leicht, op. cit., pp. 426, 496.

92 www.carmelitasdescalzasgdl.org/quienes.html 21-viii-2014.

93 Esparza, op. cit., pp. 94-95.

94 El viernes 22 de julio del año 2016 la Santa Sede presentó la Constitución Apostólica Vultum Dei quaerere, sobre la vida contemplativa femenina, suscrita por el Papa Francisco y que reemplazará al documento, en reemplazo del anterior. En él se dan indicaciones precisas con respecto a los elementos fundamentales de una vida de contemplación que, si bien no es prerrogativa exclusiva de las mujeres, es en su mayoría femenina.



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