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CIRCULARES CIRCULAR 20/2014
Quiero insistir a los párrocos, rectores de templos, capellanes de casas religiosas y agentes de pastoral, que sean muy precavidos, por eso, les recuerdo que no se permita a ninguna persona presidir la Eucaristía y los demás actos propios del Ministerio Ordenado, si no les consta plenamente que es sacerdote en comunión con la Iglesia católica, que cuenta con sus debidas licencias ministeriales vigentes, y un recibo por parte del arzobispado de Guadalajara que tiene permiso de ejercer el ministerio sacerdotal en nuestras comunidades. Que el Padre nos conceda la unidad por la que oró nuestro Señor la víspera antes de padecer: “Padre Santo, protege en tu nombre a los que me has dado, para que sean uno, como Tú y Yo somos uno” (Jn. 17, 11), y así todos evitemos toda clase de divisiones y engaños. Guadalajara, Jalisco, a 23 de junio del 2014 + José Francisco Card. Robles Ortega Arzobispo de Guadalajara Javier Magdaleno Cueva, Pbro. Secretario Canciller |